El plazo para poder acceder a estas bonificaciones permanecerá abierto hasta el día 15 de febrero y las solicitudes deben entregarse en el Registro General del Ayuntamiento.
En el caso del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana, la conocida Contribución, pueden solicitar las bonificaciones los sujetos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa, siempre que el inmueble esté destinado a primera residencia.
Para solicitar la bonificación, la persona interesada deberá presentar una fotocopia del título de familia numerosa en vigor y una copia del recibo del año 2012.
En cuanto a la tasa por el servicio de agua, la bonificación es del 25% hasta 60 m3 del recibo para aquellas familias de cinco o más miembros según se acredite en el libro de familia numerosa. Además, se establece como requisito que no se supere el 2,5% del salario mínimo interprofesional de todos los miembros de la unidad familiar, debiéndose acreditar con la declaración de la renta del año anterior.
Por lo que respecta al impuesto de vehículos de tracción mecánica para el año 2013, se puede solicitar una exención en el pago presentando una copia del certificado de minusvalía (mínimo un 33 por ciento) y del permiso de circulación.
Las peticiones de exención para este último impuesto que se registren a partir del 15 de febrero se aplicarán al recibo del próximo año, es decir en 2014.