La teniente de alcalde de Urbanismo, Danuxia Enciso, ha mantenido una reunión con representantes de ARGs, técnicos de planeamiento, gestión y asesor jurídico de urbanismo y representantes de los grupos políticos en la que ha explicado los dos escenarios que se abren ante la situación excepcional en materia urbanística tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anula el PGOU, escenarios que pasan por recurrir o no la sentencia en casación ante el Tribunal Supremo.
Enciso señaló que si se opta por no recurrir se volvería al Plan General de 1.992, un plan absolutamente válido y eficaz que presenta el problema de la falta de presencia de las ARGs, aunque, remarca la edil, “la inclusión de las áreas de regularización en tramitación se podría arbitrar en la Revisión parcial o mediante modificaciones del Plan, de tal forma que estos planes especiales podrían ser incorporados como una ordenación pormenorizada, lo cual significa que todo el camino avanzado se plasmaría en esa futura Revisión o Revisión parcial del Plan General”.
La edil quiere transmitir confianza porque “se tranquilizaría bastante a los vecinos que ya han afrontado pagos a los equipos redactores, toda vez que el trabajo efectuado no sería en balde, ya que se podría incorporar a la citada revisión”.
La teniente de alcalde de Urbanismo explicó que, si se opta por recurrir en casación al Supremo, vía que, “parece ser la que más peso está tomando aun sin ser definitiva la decisión”, ya que, por el interés general, hay un interés casacional objetivo, en todo caso los pasos a dar pasarían en primer lugar por “hablar con la asesoría jurídica de la Junta y con el abogado urbanista que nos representara para analizar las posibilidades de que el recurso fuese admitido a trámite”.
“Disponemos de un mes de plazo, plazo que comenzó a correr el pasado día 4, para presentar el recurso, unos seis meses para saber si se estima o no a trámite y, en caso de estimarse a trámite, en torno a dos o tres años para conocer la sentencia”, explicó Enciso en la reunión, mantenida en dependencias municipales.
“Entre tanto, mientras la sentencia no adquiera firmeza el actual PGOU continuaría su vigencia” ya que, indica Enciso, “a la Administración -que indudablemente siempre resulta afectada por la anulación de un reglamento propio (o, en su caso, de un instrumento de planeamiento propio, que es también una disposición de carácter general)- no le es exigible que venga obligada a aplicar de forma inexorable una resolución carente de firmeza en cuanto a las resoluciones que deba dictar en aplicación de dicho reglamento y le es dable esperar a que la dictada resolución adquiera firmeza a tal efecto”.
La edil quiere subrayar que “en todos los casos habría una revisión del Plan General”, enfatizando que “dentro de la problemática y complejidad que significa tener una sentencia que anula el PGOU tenemos que ser positivos y transmitir confianza y tranquilidad porque, se recurra la sentencia o no se recurra, se va a seguir actuando con todas las garantías posibles, evitando la paralización de la ciudad”.