Se modifica el modelo de informe de la ITE para facilitar la cumplimentación
Las obras no estructurales o demoliciones en fincas de la provincia de Sevilla podrán obtener a partir de este domingo la licencia de obra sin necesidad de presentar previamente el informe de Inspección Técnica de Edificaciones (ITE), siempre que estas actuaciones no supongan modificar las principales características arquitectónicas del edificio.
Esta es una de las modificaciones que recoge la nueva Ordenanza municipal del ITE que entra en vigor a partir de este domingo y que, según ha informado el Ayuntamiento de Sevilla en un comunicado, pretende continuar involucrando al ciudadano en la conservación de la edificación mediante la simplificación de los trámites administrativos.
Así, este texto, que fue aprobado el pasado 28 de septiembre por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, entrará en vigor este domingo una vez realizada la correspondiente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) número 265, de fecha 16 de noviembre.
El nuevo documento incorpora una serie de modificaciones con respecto al texto anterior, con el objetivo de adaptar esta Norma al nuevo marco legislativo y a la experiencia acumulada desde la puesta en práctica de la misma.
De este modo, a partir de este domingo se permite que los edificios complejos, que están compuestos por distintas comunidades o subcomunidades, puedan presentar un informe únicamente de una parte del edificio, solo cuando ésta sea funcionalmente independiente del resto y las patologías que presenten no afecten al conjunto del edificio.
Además, se modifican los modelos de informe de ITE y de las fichas técnicas para facilitar su cumplimentación por Internet. Del mismo modo, se especifica que no podrá otorgarse licencia de obras de ningún tipo que no recoja al menos todas las obras señaladas en el informe de ITE que precisen para su ejecución de proyecto técnico según la Ordenanza de Licencias.
Por último, la Ordenanza municipal flexibiliza los plazos en relación a los informes de ITE, de forma que se propone un único plazo de renovación periódica (cada diez años) y se amplían la fecha máxima de presentación del primer informe. También se eliminan las referencias a la necesidad de visado del informe de ITE.