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Martes 05/11/2024
 

Granada

Multan a una empresa de ambulancias de Granada por "temeridad" y "mala fe" en sus acciones

La sanción pone fin al proceso administrativo que ha tenido paralizado la nueva contratación del transporte sanitario en Granada a la UTE

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  • Interior de una ambulancia del 112. -

El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía ha impuesto a Ambulancias Alhambra una multa de 10.000 euros tras apreciar "temeridad y mala fe" en un recurso contra la resolución del Servicio Andaluz de Salud que adjudicó el contrato de ambulancias de la provincia de Granada, hace unos meses, para cumplir una sentencia del TSJA.

El servicio de transporte sanitario fue licitado por la Junta en 2018 y, en un primer momento, la adjudicataria resultó ser Ambulancias Alhambra pero, tras la interposición de un recurso judicial de otra empresa, la UTE formada por Servicios Sociosanitarios Generales SL y Ambulancias M. Pascuau SL, el alto tribunal andaluz, en diciembre de 2022, falló a favor de la empresa recurrente, ha informado en un comunicado la referida unión de empresas.

Esto dejó fuera a la empresa granadina, que también recurrió, aunque esta vez por la vía administrativa, con un recurso especial ante el tribunal que ahora se ha pronunciado y ha puesto fin al conflicto.

El Tribunal Administrativo, según recoge la resolución a la que ha tenido acceso EFE, ha considerado que la recurrente, con su proceder, no solo está privando a la administración contratante de la posibilidad de ejecutar el fallo, sino que, al provocar con la interposición del recurso la suspensión automática de la adjudicación acordada por el TSJA, es directamente responsable de la conducta prohibida legalmente cuando se dispone que no podrá suspenderse el cumplimiento de un fallo.

De esta forma, según el tribunal, procede la inadmisión del recurso, al ejercitarse a través del mismo una pretensión que solo hubiese podido dilucidarse en sede judicial, bien por la vía de los incidentes de ejecución de sentencias, bien por la vía del recurso de casación contra la sentencia dictada si no se hubiera dejado firme.

El tribunal considera que deben ser sancionadas las actuaciones que usan esa vía de impugnación, sabedores de que el recurso en ningún caso puede ser estimado por cuanto hay cosa juzgada.

"Ello evidencia no solo temeridad, sino también mala fe, mediante un uso abusivo y torticero promoviendo un recurso especial carente de sustento que lo justifique. Así podemos deducirlo, dada la continuidad en la prestación obtenida como consecuencia de la medida cautelar adoptada automáticamente tras el recurso", ha indicado la UTE.

La sanción pone fin al proceso administrativo que ha tenido paralizado la nueva contratación del transporte sanitario en Granada a la UTE "Transporte sanitario terrestre Provincia de Granada" conforme la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

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