El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) oficializó este miércoles lo que era un secreto a voces: la nulidad del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Jaén, aprobado en 2014 por la Junta de Andalucía aunque entró en vigor dos años después, en 2016. El BOJA publica el Edicto del TSJA en el que se confirma la nulidad del plan de 2016 al estimarse el recurso contencioso-administrativo presentado por Bernabé López Cordón, miembro de Ecologistas en Acción, por entender que el plan urbano jiennense no incluyó la normativa medioambiental europea (Evaluación Ambiental Estratégica), que había sido también el motivo de anteriores fallos del TSJA decretando la nulidad del plan de 2016. Ahora solo cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, aunque éste debe fundarse, como advierte el TSJA, en “la infracción de normas de derecho estatal o de la Unión Europea que sea relevante y determinante del fallo impugnado”, algo que no es el caso en cuestión y que hace que sea casi improbable un posible recurso..
El alcalde de Jaén, Julio Millán, valoró la nulidad del PGOU y, aunque era algo que ya se esperaba, dijo a partir de ahora les permite trabajar “con seguridad jurídica” con el plan de 1996, en cuestiones pendientes como la regularización de las viviendas de Los Puentes. Además, Urbanismo trabajará en la convalidación de todos los actos desarrollados desde 2016 para que no queden fuera de ordenación, “una tarea ingente”, según admitió Millán.