El informe asegura que ?parece poco probable que existiese sufrimiento fetal? antes del parto
“No se aplicaron las medidas terapéuticas para corregir el exceso de actividad contráctil uterina” ni hubo “sufrimiento crónico fetal previo al parto”. Estas son dos de las principales conclusiones del informe emitido por un perito consultado por la acusación en el caso de negligencia médica denunciado ante el abogado defensor del paciente por la joven Inmaculada Villa, de 23 años, cuyo hijo nació con muerte cerebral tras haber tenido, supuestamente, un embarazo normal.
Dicho informe, al que ha tenido acceso íntegramente EL FARO INFORMACIÓN, recoge la investigación sobre el caso realizada por el doctor Federico García Sáez, quien jefe del Servicio de Obstetricia y Ginecología del Hospital del Insalud San Agustín, de Avilés (Asturias) entre 1975 y 2003, en base a la documentación aportada por la parte acusadora.
En sus conclusiones, el especialista manifestó que “el estado hipóxico del feto se creó durante el parto, especialmente en el periodo expulsivo, por la hiperdinamia e hipersistolia uterina no detectada ni corregida” por los servicios médicos del Hospital de La Línea, donde fue ingresada el 5 de febrero del 2009 a las 38 semanas de gestación.
Asimismo, en el informe se detalla que las medidas terapéuticas que debían aplicarse para corregir el exceso de actividad contráctil, que detalló en supresión de la venoclisis de Oxitocina, la aplicación de la medicación tocolítica para inhibir las contracciones, o la hidratación de la paciente, no fueron realizadas.
El informe pericial recoge también la incertidumbre ante una serie de datos médicos no aportados, como “la indicación para aplicar el forceps, o las incidencias de su aplicación”. En cualquier caso, el médico especialista detalló que, en base a lo consignado en el partograma, fue “un forceps alto”, lo que implicaría “más dificultad en la aplicación correcta de las palas, más esfuerzo de extracción y en consecuencia mayor trauma para el feto”.