La Audiencia Nacional ha rechazado extraditar a Rusia a un médico reclamado por haber estafado a la esquiadora olímpica Maria Komissarova, que se sometió a un tratamiento en su clínica tras sufrir una grave lesión en los Juegos Olímpicos de Sochi en 2014.
Los jueces de la Sección tercera de lo Penal rechazan la entrega al considerar que estos hechos ya fueron investigados y archivados por un juzgado de Marbella, una decisión que contó además con el aval de la Audiencia Provincial de Málaga.
Tras investigar la denuncia presentada por la esquiadora rusa Maria Komissarova, el juzgado estipuló que no estaba debidamente justificada la perpetración de la estafa, dado que faltaba el requisito del engaño previo que requiere el delito; y que los hechos tenían una "indudable naturaleza civil" y debían quedar "extramuros del derecho penal".
Rusia solicitó la entrega a España del médico, E.B., a quien acusaban de "apropiarse ilícitamente del dinero" de la atleta, que sufrió una fractura en la columna vertebral durante un entrenamiento en los JJ. OO. de Sochi en 2014, y que se sometió a un tratamiento en la clínica donde él trabajaba en Marbella.
Las autoridades rusas consideran que la estafó "con el pretexto de cerrar un acuerdo con ella para la realización de seguimiento metodológico, ejecución técnica y suministro de gimnasio" de un programa de bienestar; creen que tuvo un "propósito criminal" y que se aprovechó de su "estado postraumático" y abusó de su confianza.
El reclamado, que fue detenido el 11 de febrero en Marbella, está especializado en fisiología patológica y, según la reclamación de Rusia, confundió a la atleta "en relación al resultado de los servicios a prestar" y la prometió "la recuperación de la integridad anatómica de la columna vertebral" pese a que sabía "fehacientemente" que no era posible dada la gravedad de las lesiones.
La atleta contrató sus servicios y los abonó gracias a donaciones. En total, Rusia atribuye al médico haberse "apropiado" de más de 29.193.861 rublos.
Tanto la Fiscalía como el reclamado se opusieron a la entrega. Este último alegó que los supuestos hechos habrían tenido lugar en España y negó que fuesen "ciertos o ajustados a la legalidad procesal". En todo caso, dijo, serían hechos atribuibles a la jurisdicción civil.
La Audiencia Nacional no entra a valorar la veracidad de los hechos, sino que constata que ya hubo un pronunciamiento judicial en España en relación a los mismos, es decir, "el examen de los hechos (...) ya ha sido realizado por una autoridad judicial competente", que ha concluido que no tienen "significación criminal".
Recuerda que la atleta reconoció la competencia de los tribunales españoles para investigarlos al presentar su denuncia en España, de modo que en esta ocasión debe considerarse que existe "cosa juzgada", operando así la prohibición del "bis in idem", que impide castigar dos veces por un mismo hecho.