El secretario de Estado de Seguridad, Ignacio Ulloa, ha confirmado este viernes que el Ministerio del Interior quiere que "encadenarse" por los brazos durante una manifestación para impedir ser desalojado por los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sea considerado un "atentado contra la autoridad", al igual que lo es "agredir" a un agente, aunque con una pena inferior.
El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ya anunció que su departamento tiene intención de modificar el Código Penal para equiparar la resistencia pasiva, hasta ahora considerada como un delito de desobediencia, a los delitos de atentado contra la autoridad, tales como las agresiones directas a los agentes, cuando se considere "grave", si bien no especificó los supuestos a los que podría afectar.
Así, en declaraciones a ABC Punto Radio, recogidas por Europa Press, Ulloa ha explicado que la modificación busca castigar con más dureza algunas actuaciones por parte de los manifestantes, que cada vez son más frecuentes, como es la de "encadenarse" por los brazos unos y otros para evitar que la Policía disuelva la concentración, y que conlleva, en ocasiones, cortes de tráfico.
"No estamos hablando del que meramente desobedece una orden expresa del agente de la autoridad sino de esas personas que llevan a cabo una resistencia pasiva y que en consecuencia entraña una conducta equivalente a la agresión contra el principio del orden y de autoridad que se ejercita por las fuerzas y cuerpos de seguridad y que en definitiva es el que se trata de tutelar con los delitos de atentado", ha explicado.
Dicho esto, ha matizado que esa resistencia pasiva "grave" no se refiere a "quedarse de brazos cruzados" ni a la "huelga de brazos caídos" sino "a la gente que se encadena o que se agarra unos a otros". "Gente que frente a la conducta del agente de la autoridad que le dice 'desplácese', se agarran unos a otros e impiden el tráfico o el disfrute la vía pública para el resto en supuestos de manifestaciones que no están autorizadas", ha añadido.
MEMOS PENA QUE PARA LAS AGRESIONES
Según Ulloa, dicha conducta "implica igual atentado contra el orden público" que la de agredir a un agente, porque "no es sólo un tema de disciplina colectiva, sino de tutela de los derechos y libertades de los demás", si bien ha aclarado que su intención no es que conlleve la misma pena que la que tienen, por ejemplo, "el que se abalanza, el que agrede o el que laza una piedra a un agente".
"Nuestra solicitud con respecto a Justicia es introducir una facultad moderadora por parte de los tribunales con respecto a esta resistencia pasiva para que tampoco entrañe la misma pena que el acometimiento activo sobre la autoridad, pero el encadenamiento no se puede considerar que es simplemente resistencia, es decir, lo que se entendía por el delito de resistencia y desobediencia", ha indicado.
Esta "modificación legal" es necesaria, según Ulloa, porque, además de que este tipo de comportamientos están constituyendo "un problema habitual para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado", hay un "vacío interpretativo en favor del ejercicio a la libertad de reunión o de manifestación que está llevando a cabo una laxitud y una interpretación" que, a su juicio, "es incorrecta y que se puede rectificar".
"Lo que ya está bien es que determinadas personas decidan que ellos van a disponer de la calle en perjuicio de los demás. No estamos hablando simplemente de actitudes renuentes al ejercicio de la autoridad, sino de actitudes recalcitrantes, que lo que tratan es de minar efectivos y el principio de autoridad en beneficio de sus propias convicciones", ha sentenciado.