La Audiencia de Sevilla ha absuelto a dos hombres, que se enfrentaban a cuatro años de cárcel por agredir a un motorista, porque el "cúmulo de contradicciones" impide conocer la verdad de lo ocurrido y los acusados llegaron a explicar que el denunciante se golpeó al caer dado su elevado estado de embriaguez.
La Sección Primera de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, únicamente considera demostrado que el denunciante fue asistido el 20 de junio de 2008 de unas lesiones en la boca que le causaron la pérdida de un incisivo y obligaron a darle varios puntos de sutura.
El denunciante aseguró que fueron dos hombres quienes le causaron las lesiones tras abordarle en una avenida de Carrión de los Céspedes (Sevilla) cuando se disponía a recoger su moto, por lo que su abogado pidió para cada uno de ellos cuatro años de cárcel y el pago de una indemnización de 5.216 euros.
La Audiencia, sin embargo, dice que "el cúmulo de contradicciones y el resto de circunstancias concurrentes obligan a albergar serias dudas" respecto a que fueran los acusados quienes le causaron las lesiones.
El acusado primero dijo que los procesados le agredieron cuando se dirigía a recoger su moto, pero luego declaró a la Guardia Civil que un vehículo detuvo su marcha y, sin mediar palabra, sus ocupantes se bajaron y le golpearon.
Además, el forense certificó la pérdida de un diente como consecuencia de los golpes pero en el juicio el denunciante aseguró que perdió dos dientes y sufrió la fractura de otros dos, por lo que presentó presupuesto de reposición de cuatro piezas.
Por su parte, los acusados declararon, tanto en la instrucción como en el juicio, que no golpearon al denunciante sino que éste se cayó hacia adelante y se golpeó cuando fue a retirar su moto, dado su elevado estado de embriaguez.
Un testigo que dijo al juez de instrucción haber visto a los tres hombres discutiendo y pegándose, en el juicio se desdijo de su relato, aseguró que se insultaban pero no se pegaban, que no vio ninguna moto y que no recordaba si vio sangre en la boca de la víctima o si iba bebido.
Junto a ello, los jueces apuntan a que existen otras circunstancias que abundan en las dudas sobre lo acontecido realmente como el hecho de que los implicados, con vínculos de parentesco entre ellos e incluso de convivencia, mantenían malas relaciones desde tiempo atrás.
Las diferentes personas que declararon en el juicio ni siquiera coincidieron en si la discusión se desencadenó porque el denunciante había estacionado su moto delante de la vivienda de una mujer o si fue sorprendido por los acusados, junto a lo cual el tribunal concluye que las "evidentes contradicciones intrínsecas" de la víctima les impiden dar credibilidad a su versión.