La FIFA y la UEFA pueden vetar a clubes y futbolistas que participen en una futura Superliga europea, según Athanasios Rantos, abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Rantos dio a conocer este jueves sus conclusiones sobre la polémica generada por la hipotética creación de la Superliga. Su dictamen no vincula al TJUE, pero propone una solución jurídica a este asunto, sobre el que el Tribunal dictará sentencia.
Doce de los mejores clubes de fútbol de Europa anunciaron en abril de 2021 el proyecto de la Superliga (los españoles Real Madrid, FC Barcelona y Atlético de Madrid; los italianos Milan, Inter y Juventus, y los británicos Manchester United, Liverpool, Tottenham, Arsenal, Manchester City y Chelsea), que sería la primera competición europea de fútbol al margen de la UEFA.
Después, la UEFA y la FIFA hicieron una declaración en la que se negaban a reconocer la nueva entidad (European Super League Company) y advirtieron de que los jugadores y los clubes que participaran en la Superliga serían expulsados de sus competiciones.
La UEFA y la FIFA son los organismos directivos del fútbol europeo y mundial, respectivamente. Conforme a sus estatutos, tienen el monopolio para autorizar y organizar competiciones internacionales de fútbol profesional en Europa.
La European Super League Company (ESLC) es una sociedad de Derecho español integrada por clubes de fútbol europeos cuyo proyecto consiste en organizar la Superliga como primera competición europea anual de fútbol cerrada o semiabierta, que existiría al margen de la UEFA. Sus clubes seguirían participando en las competiciones de fútbol organizadas por las federaciones nacionales de fútbol y por la UEFA y la FIFA.
Sin embargo, la ESLC recurrió ante el Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid al alegar que la conducta de la UEFA y de la FIFA era contraria a la competencia y que violaba el Derecho de la UE en materia de competencia y en relación a las libertades fundamentales.
Este Juzgado solicitó al TJUE que se pronuncie sobre este asunto, concretamente que examine si los estatutos de la FIFA y de la UEFA podrían usarse para minar cualquier iniciativa privada que pudiera hacerles la competencia en el campo de la organización de competiciones futbolísticas.
CONCLUSIONES
El abogado general Rantos propone algunas conclusiones al Tribunal de Justicia de la UE. Así, indica que “las normas de la FIFA y de la UEFA que supeditan cualquier nueva competición a una autorización previa son compatibles con el Derecho de la Unión en materia de competencia”.
Por tanto, los efectos restrictivos derivados del sistema de autorización previa a la Superliga son “inherentes y proporcionados” para que la UEFA y la FIFA logren sus “objetivos legítimos”.
Rantos apunta que las normas de la UE en materia de competencia no prohíben a la FIFA, a la UEFA, a sus federaciones miembro o a sus ligas nacionales amenazar con sanciones a los clubes afiliados a esas federaciones en caso de que estos participen en la Superliga.
Añade que las libertades fundamentales reconocidas por el Derecho de la Unión no se oponen a los estatutos de la FIFA y la UEFA, que prevén que la creación de una nueva competición paneuropea de fútbol entre clubes quede sometida a un sistema de autorización previa.
“Si bien la European Super League Company tiene libertad para crear su propia competición de fútbol independiente fuera del ecosistema de la UEFA y de la FIFA, no puede, además de crear esa competición, continuar participando en las competiciones de fútbol organizadas por la FIFA y la UEFA sin la autorización previa de esas federaciones”, recalca Rantos.
De esta forma, Rantos respalda el modelo actual del fútbol europeo basado en una estructura piramidal en cuya base se sitúa el deporte aficionado y que tiene en su cúspide al deporte profesional.
Además, el sistema de gobernanza del fútbol en Europa tiene entre sus objetivos principales promover competiciones abiertas, a las que se pueda acceder gracias a un sistema transparente en el que los ascensos y descensos de categoría mantengan un equilibrio competitivo y favorezcan el mérito deportivo.