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La Junta impulsa ayudas para editar obras que difundan el patrimonio documental y bibliográfico andaluz

En la provincia de Almería eran en el año 2020 65 las empresas o autónomos editores de libros, periódicos y otras actividades editoriales

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  • Libros. -

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado este viernes las bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de impulso al sector editorial andaluz y a la producción editorial de interés cultural para Andalucía.

El objetivo de estas ayudas, cuya partida global alcanza los 300.000 euros, es el de subvencionar la publicación de proyectos de edición que tengan interés cultural para Andalucía y que ayuden a difundir y recuperar el patrimonio documental y bibliográfico andaluz, según ha recogido la Junta en un comunicado. Dicha cantidad ya está incluida en el Plan General de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Junta.

Así, se consideran proyectos de edición subvencionables las obras inéditas, primeras ediciones y obras que incorporen una novedad respecto una obra ya editada que carezcan de depósito legal o cuyo depósito legal haya sido expedido en el año de la publicación de la convocatoria, así como las obras descatalogadas o cuya última edición date de más de diez años de antigüedad.

Al respecto de la publicación en el BOJA de dicha convocatoria, el consejero de Turismo, Cultura y Deporte, Arturo Bernal, ha puesto en valor el papel del sector editorial andaluz, destacando la importancia que para este tendrán las ayudas que se publican.

"Nuestro sector editorial cuenta con grandes ejemplos de empresas dedicadas a esta actividad, que permiten la difusión de la obra de los escritores, como gran fortaleza discursiva para el interés cultural de Andalucía", ha apuntado.

Con estas ayudas, cuya última convocatoria data del año 2011, la Consejería de Cultura ha destacado que "da un paso más" en cuanto al papel que desempeña en el fomento del sector editorial, regulando y convocando subvenciones en su ámbito.

En este sentido, Bernal ha advertido la necesidad de seguir apostando por medidas como esta: "La Junta de Andalucía es consciente del necesario apoyo que debe prestar a este sector, tanto para su propio fomento, como, indirectamente, para el de la lectura como elemento dinamizador del desarrollo personal y social. A su vez, con la publicación de estas nuevas bases reguladoras se contribuye a la recuperación y aumento del patrimonio documental y bibliográfico de nuestra tierra".

La cuantía de las ayudas previstas supone que no sea precisa su notificación a la Comisión Europea, por no reunir todos los requisitos del artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. La ayuda total concedida a cualquier persona o entidad no podrá exceder de 200.000 euros en un periodo de tres ejercicios fiscales.

La Junta ha destacado que el sector editorial andaluz es una de las más relevantes industrias culturales de la comunidad y, en enero de 2020, este tejido empresarial en Andalucía estaba compuesto por un total de 776 empresas o autónomos, que vino a sufrir un especial aumento en los años previos. Fruto de su actividad, el número de libros inscritos en el sistema ISBN en 2019 fue de 14.973 publicaciones.

En el caso de la provincia de Almería, a esa fecha, eran 65 las empresas o autónomos editores de libros, periódicos y otras actividades editoriales, lo que da muestras de la relevancia de la convocatoria que se publicará en próximas fechas.

Tal como se publica en el BOJA, la presente orden se articula en tres líneas de subvenciones. La primera de estas líneas tiene por objeto subvencionar la publicación de proyectos de edición de obras que tengan interés cultural para Andalucía y que ayuden a difundir y recuperar el patrimonio documental y bibliográfico andaluz.

Se considerarán proyectos de edición los que se refieran a obras inéditas, primeras ediciones y obras que incorporen una novedad respecto a una obra ya editada (estudio crítico, nueva traducción, por ejemplo) que carezcan de depósito legal o cuyo depósito legal haya sido expedido en el año de publicación de la convocatoria, o a obras descatalogadas o cuya última edición date de más de diez años de antigüedad.

La segunda línea tiene por objeto subvencionar la primera reedición de las obras que hayan sido editadas en los cinco años inmediatamente anteriores al de la publicación de la convocatoria, siempre que tengan interés cultural para Andalucía y ayuden a difundir y recuperar su patrimonio documental y bibliográfico.

En cuanto a la tercera de las líneas de subvención, tiene por objeto subvencionar la edición de publicaciones periódicas de carácter cultural que contribuyan al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico andaluz.

En todos los casos, podrán optar a estas ayudas tanto personas físicas como jurídicas privadas cuya actividad principal este* directamente vinculada al sector editorial.

En cuanto al plazo de resolución y publicación de los procedimientos que se tramiten, ha sido establecido en seis meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, con la finalidad de que las personas integrantes del órgano encargado de valorar dichas solicitudes dispongan de un periodo de tiempo razonable para el estudio de los proyectos presentados.

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