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Martes 26/11/2024
 

Campo de Gibraltar

Una ordenanza regulará la publicidad y velará por la estética de la ciudad

La normativa deberá ser aprobada en Pleno, por lo que el documento ya se le ha dado traslado a los diferentes grupos municipales.

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El delegado de Urbanismo, Andrés Núñez, ha presentado las ordenanzas reguladoras de publicidad en Chiclana, elaboradas por la Gerencia Municipal de Urbanismo.

La ordenanza tiene por objeto regular el régimen jurídico al que deberá sujetarse la publicidad instalada o efectuada sobre el suelo o vuelo del dominio público local o perceptible desde el mismo, así como la propaganda realizada dentro del término municipal.

Según ha explicado el edil de Urbanismo, la normativa recogerá tres tipos de publicidad, “la estática, la cual se la considerará como tal si se desarrolla mediante instalaciones fijas; móvil, si es auto-transportada o remolcada por un vehículo a motor; y audiovisual, si se desarrolla mediante aparatos eléctricos o electrónicos”.

Núñez ha incidido en que “se trata de una medida que está encaminada a lograr uno de los objetivos propuestos desde el principio por este equipo de gobierno, que es el de cuidar al máximo la estética de un ciudad, máxime cuando Chiclana es eminentemente turística y nos visitan miles de personas cada año”.

Por ello, ha hecho hincapié en la necesidad de “dotar de orden y estética a una ciudad que, por su naturaleza, tiene el deber de cuidar y unificar su imagen”.

En este sentido, cabe resaltar que el equipo de gobierno ya ha puesto en marcha unas ordenanzas reguladoras de terrazas y veladores, al objeto de que mantengan unos cánones de estética de decoración comunes.

Al igual que ocurriera con dicha normativa, ésta también deberá ser aprobada en Pleno, por lo que “el documento ya se le ha dado traslado a los diferentes grupos municipales”.

El edil de Urbanismo ha resaltado la concepción del concepto “zona saturada”, que se refiere a áreas municipales que se encuentren suficientemente provistas de material publicitario de diversa índole y dote al Ayuntamiento de las herramientas necesarias para prohibir que prolifere más publicidad en dichas zonas.

Asimismo, este documento prohibirá la instalación de publicidad en monumentos o su entorno, así como en cualquier lugar que pueda comprometer o poner en peligro el tráfico rodado y la seguridad del viandante.

La normativa contempla un régimen sancionador que motive su cumplimiento, aunque “se ha establecido un plazo de dos años de adecuación de estos elementos publicitarios”.

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