El tiempo en: Mijas
Miércoles 06/11/2024
 

Cádiz

Condena de 6.000 euros por comparar a un concejal del PP con futbolista Ujfalusi

La sentencia recuerda que en aquella rueda de prensa el socialista gaditano dijo que el concejal popular era "políticamente ruin, miserable, inquisidor, difamador, explotador político, ideológico y administrativo".

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiAndaluc�a Informaci�n
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai

Un juzgado ha condenado al secretario local del PSOE de Cádiz, Federico Pérez Peralta, a indemnizar con 6.000 euros al concejal popular José Blas Fernández por dañar su honor en una rueda de prensa en la que, entre otros insultos, le comparó con el futbolista Tomás Ujfalusi.

El concejal popular ha dado a conocer hoy esta sentencia del juzgado de primera instancia número 5 de Cádiz que estima la demanda que él mismo interpuso contra Pérez Peralta por las manifestaciones que éste realizó durante una rueda de prensa el 23 de septiembre de 2010.

La sentencia recuerda que en aquella rueda de prensa el socialista gaditano dijo que el concejal popular era "políticamente ruin, miserable, inquisidor, difamador, explotador político, ideológico y administrativo".

Y también le llamó el "Ujfalusi de la política", en referencia al defensa del Atlético conocido por su "comportamiento antideportivo" y le acusó de usar su condición pública para "ayudar a familiares", o manipular "la concesión de licencias".

El juez considera que todo ello fue "un ataque injustificado e injusto" contra el derecho al honor y el prestigio profesional del concejal que "no puede estar amparado por la crítica política como manifestación de la libertad de expresión".

La sentencia no entiende así, como expuso Pérez Peralta en el proceso, que tales expresiones se hicieron sin el ánimo de injuriar" y como manifestación de una crítica o confrontación política "habitual entre partidos rivales sobre todo en épocas preelectorales".

El juez recuerda que la Constitución Española "no reconoce el derecho al insulto" y que la protección del derecho al honor "debe prevalecer" sobre otros derechos "cuando se emplean frases ultrajantes u ofensivas, sin relación con las ideas que se expongan y por tanto innecesarias".

Más aún, añade la sentencia, cuando se realizan en "un acto planificado de publicidad para desprestigiar de forma global" al concejal, al que "se le insultó de forma reiterada y en todas las facetas de su vida" con "insinuaciones que no se han visto apoyadas en prueba alguna que acredite las acusaciones".

Además de a publicar la sentencia en dos periódicos gaditanos, el juez condena a Pérez Peralta a "abstenerse de realizar en el futuro declaraciones injuriosas" contra el concejal popular y a indemnizarle con 6.000 euros, la mitad de la cantidad que éste pidió en su demanda.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN