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Miércoles 13/11/2024
 
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Jaén

Menos condena a la mujer que mató a sus dos hijos

El alto tribunal rebaja 15 años la pena para la autora del doble crimen de la Alcantarilla.

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  • Ruth B.V. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 35 a 20 años de prisión la condena para Ruth B.V., la mujer del barrio jienense de La Alcantarilla que asesinó a sus dos hijos, de tres y once años, en la tarde del 29 de septiembre de 2011, toda vez que la sentencia considera que la procesada tenía “afectadas sus facultades mentales!, según confirma a Europa Press el abogado del padre de los menores.

La sentencia del TSJA llega cuatro meses más tarde del fallo dictado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén, en el que se argumentaba que en el momento de matar a sus hijos, “la acusada tenía diagnosticado un estado depresivo”, pero, en cambio, “no tenía alteradas sus facultades mentales y era plenamente consciente”.

Respecto a las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, la Fiscalía y la defensa fundaron su petición en la vista en el padecimiento de un estado depresivo mayor asociado a un trastorno de personalidad dependiente no descompensado, teniendo una idea sobrevalorada o delirante de que sus hijos sufrían por su enfermedad y sufrirían más si ella no estaba. Esto “no afectaba a su capacidad intelectiva, pero sí alteraba parcialmente su capacidad volitiva”.

La sentencia establece como hechos probados que Ruth B.V., conforme al plan que había ideado de terminar con la vida de sus hijos, cogió varias dosis de medicamentos y los aplastó en un mortero con la intención de mezclarlos  con productos alimenticios como yogures y conseguir que los niños los ingirieran para adormecerlos y conseguri asegurar el resultado de su acción, evitando la posible defensa, si bien ese día no llegó a culminar su acción y sí al siguiente.

La acusada manifestó que no se acordaba de los hechos, pero “no los negó, lo que puede deberse a su estado psicológico actual o al uso legítimo de su derecho de defensa de no declarar contra sí misma”.

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