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Lunes 11/11/2024
 

Córdoba

La defensa de Bretón dice que la entrega de restos óseos "es una cosa que no tiene hoja de vuelta"

Apunta que si la sentencia adquiriese firmeza, se resolverá en la ejecutoria, al no ser el actual momento procesal hábil para adoptar resolución distinta y contradictoria a lo ya acordado en sentencia

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  • El abogado y Bretón -

El abogado defensor de José Bretón, condenado a 40 años de prisión por el asesinato de sus hijos, Ruth y José, en octubre de 2011 en Córdoba, ha manifestado que la entrega de los restos óseos a la madre de los pequeños, Ruth Ortiz, "es una cosa que no tiene hoja de vuelta", después de que el magistrado presidente del Tribunal del Jurado, Pedro Vela, haya dictado una providencia en la que recuerda a Ruth que la sentencia del caso no es firme para entregarle los restos óseos y poder enterrarlos.

   Así lo ha manifestado a Europa Press el letrado de Bretón, José María Sánchez de Puerta, quien ha apuntado que a él no le han dado traslado del escrito de la acusación particular, ejercida por la progenitora, y sobre el que el juez dice que no se pronuncia en cuanto a las distintas cuestiones planteadas, porque las mismas, concretamente la inscripción de la defunción en el Registro Civil y la disposición de los restos humanos custodiados en el tribunal, ya han sido resueltas en la sentencia recaída en este procedimiento.

   Mientras, el abogado de la defensa trabaja en el recurso a la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a su cliente y que interpondrá ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), para lo que tiene de plazo hasta el 5 de septiembre. Su intención es agotar el tiempo y presentarlo a principios de septiembre, al ser agosto mes inhábil.

   En concreto, Pedro Vela recuerda en la providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que la sentencia no es firme, aunque si la parte, legítimamente, discrepa de los pronunciamientos contenidos al respecto en dicha sentencia, puede interponer el correspondiente recurso de apelación, según le permite la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

   Además, apunta que si la sentencia adquiriese firmeza, se resolverá en la ejecutoria, al no ser el actual momento procesal hábil para adoptar resolución distinta y contradictoria a lo ya acordado en sentencia.

   La letrada de Ruth, María del Reposo Carrero, ha solicitado en el escrito judicial, registrado el lunes, que se ordene la inscripción en el Registro Civil del fallecimiento de los menores Ruth y José Bretón Ortiz, haciéndole entrega de los restos a su madre para proceder a su enterramiento y, con carácter subsidiario, pide que se constituya en depositaria de los mismos a la Policía Nacional.

   Del mismo modo, indica que ambas peticiones están basadas "en razones de humanidad" y además las considera "perfectamente compatibles o si se quiere, conciliables", con las eventualidades que pueden surgir en el desarrollo y resolución de los recursos que pueda interponer el letrado del condenado por la muerte de sus hijos, ya que "sobre los restos no habría que realizarse ninguna pericia o análisis complementario".

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