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Miércoles 13/11/2024
 
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Provincia de Granada

El padre de una posible niña robada vuelve a recurrir el archivo de su caso

Para la representación legal del padre de la niña, que ejerce el letrado Rafael López Guarnido, en el caso de la bebé esa motivación es \"insuficiente\"

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Eduardo Raya, el padre de una posible niña robada al nacer en el Hospital Clínico de Granada en 1990, el primero en España en denunciar su caso ante los tribunales, sigue perseverando en su lucha por saber lo que pasó entonces y ha vuelto a recurrir el archivo de la causa judicial dictado por segunda vez por el Juzgado de Instrucción 2 de Granada, después de que la Audiencia Provincial ordenara su reapertura en junio del pasado año.

   En el recurso de reforma, presentado el pasado lunes 10 de febrero y al que ha tenido acceso Europa Press, Raya, que es además presidente de la Asociación de Afectados por Desaparición de Niños en Democracia (ADN-D), considera que el auto de sobreseimiento libre del Juzgado "carece de la suficiente motivación", no sólo por la exigencia genérica de ésta, "sino porque dada su importancia, equiparable a una sentencia absolutoria, requiere una motivación real y no sólo aparente que permita conocer las razones del instructor".

   Para la representación legal del padre de la niña, que ejerce el letrado Rafael López Guarnido, en el caso de la bebé esa motivación es "insuficiente", pues "la evolución del procedimiento tras la reapertura de las  diligencias por la Audiencia Provincial ha generado un estado procesal nuevo que requiere de una nueva y autónoma motivación, al menos sobre lo actuado desde entonces".

   "Es descorazonador ver cómo pese a los intentos de esta representación por argumentar con detalle y ánimo objetivo las causas y razones que justifican la apertura real de la instrucción en persecución de los graves delitos que contra mis representados se han cometido, se desatiendan éstas sin darle una réplica correcta, y se acuda a rellenar una decisión tan trascendental como es el auto de sobreseimiento libre, mediante lugares y argumentos jurisprudenciales comunes, y mediante reproducciones de las últimas diligencias practicadas", señala el letrado en el recurso.

   De hecho, los recurrentes aluden a los tres informes periciales aportados a la causa, que "afirman de forma rotunda que ni los restos exhumados ni los restos de la biopsia son de una hija" de Raya y su mujer, y que "nunca fueron conocidos por la Audiencia Provincial". "Suponemos que por la imposibilidad de compaginar esto con la voluntad de archivo, se elude pronunciarse al respecto acudiendo a un requiebro procesal, según el cual la instructora no tiene que pronunciarse porque ya lo hizo el órgano superior, algo que es absolutamente incierto", se señala.

   En segundo lugar, se reprocha al auto que se recurre, del pasado 4 de febrero, que dicte un sobreseimiento libre "cuando existen numerosos indicios de unos delitos que, de esta forma, se dejan impunes", por lo que procedería continuar la instrucción para tratar de concretar y aclarar dichos indicios "con las numerosas diligencias que ha propuesto esta parte".

DUDAS NO ACLARADAS

   Además, los padres de la niña consideran que las dudas con respecto a lo sucedido con su hija no han quedado aclaradas. De hecho, el informe realizado al respecto por los expertos del Hospital Clínico de Barcelona mantiene que las muestras no se corresponden con las de un recién nacido de pocos días, mientras que el Servicio de Histopatología manifiesta, por el contrario, que las muestras "pueden" proceder de las del cadáver de una neonata fallecida al cuarto día de vida, "posibilidad que permite afirmar también, en el mismo plano, la opción contraria, es decir, que pueden no proceder de un recién nacido fallecido al cuarto día de vida".

   "El resultado de las diligencias practicadas a instancia de la Audiencia Provincial ha arrojado claridad sobre un indicio más de la existencia del delito perseguido, pues de dichas diligencias de prueba se puede concluir la  probabilidad de que las muestras de hígado no se extrajeran de la hija biológica de mis representados", inciden. A ello se suma además la existencia de otros tres informes periciales, "que de forma concluyente niegan la relación biológica" de los padres "con los restos exhumados y con las muestras de la biopsia".

   A entendimiento de la representación procesal de los padres, "cuando como en el presente caso los informes periciales, con independencia de su origen, se muestran contradictorios (...) deben someterse a su final valoración en el trámite de enjuiciamiento, momento en el que con todas las garantías, el órgano judicial podrá inclinarse por la mayor racionalidad o fuerza conclusiva de unos sobre otros", aclaran en el recurso.

   Por último, y como tercer motivo, de forma subsidiaria a lo anterior, Raya considera que el sobreseimiento libre es inadmisible, "procediendo en todo caso, y con independencia del derecho a recurrirlo en apelación, el dictado del sobreseimiento provisional".

   En conclusión, su representación legal pide reformar el auto de archivo en el sentido de reabrir la instrucción procediendo a la práctica de las diligencias ya solicitadas, o subsidiariamente, que proceda a reformar el auto manteniendo el sobreseimiento pero en calidad de provisional.

HACE MÁS DE 23 AÑOS

   Raya y su esposa, los recurrentes, sostienen que su hija fue "sustituida" nada más nacer por el personal médico que atendió a la madre en el parto (o por otras personas en connivencia) por otro bebé que presentaba una patología hepática grave, que fue la causa que los médicos esgrimieron para justificar la muerte de su hija. La "verdadera" niña, según mantienen los padres, sería entregada a otras personas, que durante los 23 años que tendría ahora la joven le habrían "hurtado" su filiación e identidad biológica real.

   Como indicios de su tesis, los padres se apoyan en los resultados del análisis comparativo del ADN extraído de los restos mortales exhumados con las muestras indubitadas que ellos aportaron, que encargaron sucesivamente a tres laboratorios privados especializados en genética, dos de los cuales concluyeron que el bebé enterrado no era su hija biológica, aunque advirtiendo de su mala conservación.

   Eduardo Raya ha llevado también su batalla hasta el Parlamento Europeo, una institución que se ha comprometido a estudiar su caso y que ha llevado a más de un centenar de familias a decidir presentar también ante la misma instancia una queja por la actuación en estos asuntos de la justicia española.

   El caso de Raya fue denunciado por la Fiscalía ante el Juzgado de Instrucción número 2 de Granada, que sin embargo dictó el sobreseimiento libre --definitivo-- del asunto, contra el que el padre afectado presentó recurso, en el que incluyó los informes de laboratorios que "vienen a acreditar" que los restos de la niña a la que dio sepultura al morir supuestamente tras el parto no tienen un ADN compatible con una hija biológica de su esposa, en contra de lo que dictaminó el Instituto Nacional de Toxicología, que no encontró ADN analizable.

   En total, Raya cuenta con 12 informes que, según sostiene, evidencian que su hija le fue robada en el Hospital Clínico en 1990, "siéndoles entregado el cuerpo de otro recién nacido muerto", en unos años, recuerda el padre, en los que varios ginecólogos granadinos fueron condenados por esos delitos.

   "Yo no busco la verdad, porque la verdad la sé, que es que me quitaron a mi hija", ha llegado a indicar Raya, que confía en que finalmente "se pueda hacer justicia".

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