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Miércoles 27/11/2024
 
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Punta Umbría

Suspenden la libertad condicional de Bolinaga

Suspende su situación de tercer grado y reconce la vigencia del auto de Moreno, que le investiga por el asesinato de un agente en 1986

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  • Bolinaga -

El juez central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha suspendido la libertad condicional que concedió el 30 de agosto de 2012 al etarra Jesús María Uribetxeberria Bolinaga, al considerar que esta medida es "incompatible" con la situación de prisión domiciliaria que dictó el pasado jueves el juez Ismael Moreno.

   Castro, que adopta esta resolución a instancias del fiscal Pedro Rubira, sostiene en un auto que "el Código Penal establece que cuando todas o algunas de las penas correspondientes a las diversas infracciones no puedan ser cumplidas simultáneamente por el condenado, se seguirá el orden de su respectiva gravedad para su cumplimiento  sucesivo".

   De esta forma, el juez Castro reconoce la vigencia de la medida de prisión domiciliaria que dictó el pasado jueves el titular del Juzgdo Central de Instrucción número 2, Ismael Moreno, que investiga al etarra por el asesinato del cabo de la Guardia Civil Antonio Ramos, que se produjo en Mondragón (Guipúzcoa) el 8 de junio de 1986.

   El responsable de Vigilancia Penitenciaria, que dejó salir de la cárcel a Bolinaga para que pudiera ser atendido del cáncer que sufre y por "razones humanitarias y de dignidad personal", suspende la situación de libertad condicional al ser "imposible" que el interno "cumpla dos penas privativas de libertad al mismo tiempo" y que "la libertad provisional se cumpla" mientras el interno permenece en la cárcel.

   La suspensión de la libertad condicional, que no está contemplada en el Reglamento Penitenciario ni en el Código Penal, es una figura distinta a la de la revocación, que se aplica cuando el interno incumple los requisitos que se le fijan para acceder a la nueva situación.

NO ESTÁ EN TERCER GRADO

   El auto tiene como primera consecuencia la suspensión de la clasificación en tercer grado penitenciario de la que gozaba el etarra, condenado por el secuestro del funcionario de Prisiones José Antonio Ortega Lara. Castro señala que la Junta de Tratamiento encargada del caso no volverá a pronunciarse sobre este extremo hasta que el juez Moreno no realice "un nuevo pronunciamiento" que modifique su situación de prisión domiciliaria.

   Además, el juez central de Vigilancia Penitenciaria suspende las "reglas de conducta" que le impuso para concederle la libertad condicional. Entre ellas estaba la prohibición de acercarse a las víctimas de sus acciones criminales, participar de forma activa en manifestaciones de legitimación de la violencia ni ausentarse de la residencia que fije de manera oficial ante el juzgado.

   Uribetxeberria Bolinaga también estaba obligado a presentarse mensualmente en los servicios sociales externos del centro penitenciario de San Sebastián y comunicar cualquier novedad referida a su tratamiento médico.

TRATAMIENTO DE SU ENFERMEDAD

   Moreno decretó el jueves pasado el ingreso del etarra en "prisión provisional incondicional y comunicada", que deberá cumplir en su domicilio de Mondragón (Guipúzcoa), al asumir un informe médico que señalaba que la cárcel "no debería considerarse como el lugar más conveniente" para que el etarra siga "el tratamiento prescrito por el equipo médico oncológico".

   De esta forma, el etarra cumplirá la situación de prisión "en su domicilio con las medidas de vigilancia necesarias". Además, "únicamente podrá salir" del mismo "durante las horas necesarias para el tratamiento de su enfermedad y siempre con la vigilancia precisa".

   La resolución de Moreno también recogía un informe médico del pasado 19 de marzo en el que se señalaba la "presencia de metástasis ya conocidas en la porción superior del hemisferio cerebeloso izquierdo, el lóbulo parietal derecho y la temporal derecha, sin cambios significativos".

   Según el juez Castro, la enfermedad que padece el etarra --un tumor cancerígeno en el riñón, una metástasis en el pulmón y otras tres en el sistema nervioso central-- provocaba que la pena de cárcel de 313 años y 8 meses que cumplía por delitos terroristas no cumplía ya "la finalidad socializadora que tiene atribuida".

   Hasta el jueves pasado Uribetxeberria Bolinaga llevaba 581 días en libertad condicional que, a instancias del Ministerio de Interior, le concedió el juez Castro el 30 de agosto de 2012. La medida fue confirmada por la Sala de lo Penal el 12 de septiembre de ese año.

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