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Sábado 30/11/2024
 
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Ronda

La alcaldesa afirma que el Ministerio remitió el 9 de mayo a la Junta su contestación sobre la independencia

Trasladó a la Dirección General de Administración Local del Gobierno autónomo el informe jurídico con el que da luz verde a la segregación de Montecorto y Serrato para que se conviertan en municipios independientes de Ronda

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El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas remitió a la Dirección General de Administración Local de la Junta de Andalucía el pasado 9 de mayo el informe jurídico en el que se expresa que no existe ningún impedimento para que se conceda la independencia de Ronda a los núcleos poblacionales de Montecorto y Serrato, y para que de esta forma se puedan convertir en los municipios 102 y 103 de la provincia de Málaga.

Así lo ha confirmado esta tarde la alcaldesa de Ronda, María de la Paz Fernández, que ha dado lectura a este informe, con el que “la Junta ya no podrá dilatar más la independencia de Montecorto y de Serrato, tras todos los escollos que ha venido planteando en este asunto. Ahora el Gobierno central ha dado luz verde a la segregación de ambas poblaciones”.

Tras insistir en que la Junta de Andalucía ha “retrasado de forma intencionada” este expediente, ya lo único que puede hacer “es aprobar en un próximo Consejo de Gobierno su independencia y cumpliendo la Ley dar respuesta a la reivindicación histórica de sus vecinos”.

En la nota informativa que ha remitido el Ministerio de Administraciones Públicas a la Alcaldía de Ronda, tras señalar que dicho informe fue remitido a la Junta el 9 de mayo se expresa que:

“El criterio jurídico de la DGCC se orienta en el mismo sentido que el manifestado por la Dirección General de Administración Local en su informe. De manera que, visto que la LRSAL no ha previsto ninguna disposición transitoria respecto de la normativa a aplicar a los procedimientos de creación o segregación de municipios iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la misma, se considera que, en aras del principio de seguridad jurídica y de irretroactividad normativa en los términos previstos en el artículo 2.3 del Código Civil, que literalmente señala que las leyes no tendrán efecto retroactivo si no dispusieren lo contrario, el criterio interpretativo debe ser el de que los procedimientos administrativos iniciados con anterioridad a la LRSAL se resolverán de acuerdo con la normativa vigente en el momento de su iniciación.

Actualmente y como parte de ese procedimiento de creación como nuevos municipios, la Dirección General de Administración Local de Andalucía ha solicitado para once ELAS, entre las que se encuentra la de Serrato, mediante oficio de 3 de enero de 2014, a la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y Entidades Locales, en cuanto responsable de la gestión del Registro de Entidades Locales certificación a su denominación como municipios. Certificación que ya ha sido remitida por la DGCC.

Con relación a la ELA de Montecorto, por la Dirección General de Administración Local de Andalucía, mediante oficio de 16 de diciembre de 2013, se puso en conocimiento de la DGCC información sobre el procedimiento incoado a iniciativa del Ayuntamiento de Ronda, relativa a la segregación de su término municipal de dicha ELA de Montecorto, para su constitución como nuevo municipio, pero a diferencia del oficio de Serrato, no han solicitado a la DGCC la certificación relativa a su denominación como municipio, en cuanto que no existe otro en el Registro de Entidades Locales como la misma denominación”.

En el caso de Montecorto además, el Ministerio ha dado traslado al vocal andalucista de este núcleo poblacional que había solicitado la misma información.

De esta forma no se puede aplicar sobre los procedimientos de segregación de ambas poblaciones la exigencia de contar con un mínimo de 5.000 habitantes y todo ello viene a decir, “que ya únicamente falta que la Junta cumpla su parte, y que en base a estos informes, proceda a conceder la independencia a Montecorto y a Serrato”, puntualizó la regidora.

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