El tiempo en: Mijas
Miércoles 27/11/2024
 
Publicidad Ai

España

La filtración de datos de Ferrusola en Andorra no invalida la comisión rogatoria

Pujol Ferrusola presentó el pasado mes de julio en los juzgados andorranos una denuncia por la filtración irregular de estos datos después de que se publicaran informaciones en prensa en la que se aseguraba que había realizado movimientos en sus cuentas por valor de 3,4 millones de euros

Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
  • PUJOL FERRUSOLA -

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado la pretensión de las defensas de Jordi Pujol Ferrusola y su mujer Mercé Gironés de invalidar la comisión rogatoria que cursó el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz a la Banca Privada de Andorra el pasado mes de julio, bajo la alegación de que un exempleado del banco filtró de forma irregular sus datos privados.

   En un auto hecho público este lunes los magistrados Guillermo Ruiz Polanco, Antonio Díaz Delgado y Carmen Lamela aseguran que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 contaba con "fuentes de información" adicionales a la publicación por parte de distintos medios de comunicación de los supuestos datos filtrados y menciona, en concreto, informes proporcionados por Hacienda y la Policía.

   Pujol Ferrusola presentó el pasado mes de julio en los juzgados andorranos una denuncia por la filtración irregular de estos datos después de que se publicaran informaciones en prensa en la que se aseguraba que había realizado movimientos en sus cuentas por valor de 3,4 millones de euros.

   El hijo mayor del expresidente de la Generalitat indicaba que la publicación de esta información suponía una vulneración del secreto bancario, derecho que garantiza la ley andorrana. "Las afirmaciones realizadas  acerca del origen de la información no dejan de ser meras sospechas o suposiciones, carentes de soporte probatorio", indica el el auto.

VALIDADA, EN CUALQUIER CASO

   Los tres magistrados destacan, además, que la investigación no quedaría invalidada "aún en el supuesto de que el único origen fuera la filtración de datos llevada a cabo por un exempleado de la entidad". El auto reproduce abundante doctrina del Tribunal Constitucional en la que se reconoce que la protección de datos no es de carácter absoluto si entra en colisión con otros derechos fundamentales.

   Así, asegura que existen normas en nuestro ordenamiento jurídico que justifican y legitiman la cesión a terceros de datos de carácter personal y pone de manifiesto que, en todo caso, la presunta filtración "puede considerarse amparada en el deber de denunciar la comisión de un posible delito".

   Ruz cursó a finales de julio una comisión rogatoria a Andorra para pedir información sobre las cuentas bancarias de Jordi Pujol Ferrusola. El magistrado, que atribuye indiciariamente al matrimonio un delito de blanqueo de capitales y otro contra la Hacienda Pública, realizó  esta petición de información en el marco de la causa en la que investiga los pagos superiores a 200.000 euros que sus empresas habrían recibido de sociedades que habrían sido adjudicatarias de contratos públicos en Cataluña.

   El juez cursó la comisión rogatoria a Andorra para recabar "toda la documentación o información que estuviera a disposición de la Banca Privada de Andorra de productos bancarios y/o fondos de los que se hayan sido beneficiarios" los dos imputados y las cinco mercantiles de las que son propietarios (Iniciatives, Marketing i Inversions, Project Marketing Cat, Inter Rosario Port Services, Ative Translation e Iberoamericana de Business and Marketing).

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN