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Martes 05/11/2024
 

Almería

Absueltos los acusados de la estafa que derivó en el desahucio de una anciana de 77 años en Níjar

El caso se dio a conocer tras protagonizar varias protestas junto a su hijo, conocido como el \'camionero sin camión\'

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La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a los dos acusados de la supuesta estafa que derivó en el desahucio en diciembre de 2011 de una anciana de 77 años en Níjar al considerar que no ha quedado acreditado que mediase engaño cuando el hijo de la anciana firmó dos escrituras de préstamo e hipoteca cambiaria, y que tampoco ha quedado probado que obtuviesen un beneficio económico de esta operación.

   La sentencia de la Sección Tercera, a la que ha tenido acceso Europa Press, absuelve a F.R.L., administrador legal de la empresa UCH Hipotecario SA, quien se enfrentaba a una petición fiscal de cuatro años de prisión y multa de 12 meses a razón de 12 euros al día, así como al pago de indemnizaciones.

   Cabe recordar que el Ministerio Público retiró la acusación contra G.S.C. después de que en la vista oral ninguno de los perjudicados fuese capaz de reconocerla como la mujer que estaba en la notaria de Madrid el día en el que se firmó el préstamo.

   Según el relato de hechos del tribunal, el denunciante, hermano del conocido como 'camionero sin camión', Miguel Ángel Navarro, se encontraba en una "difícil" situación económica en enero de 2006 y, por mediación de un vecino que le habló de la "profesionalidad" de la empresa UCH Hipotecario SA, "inició negociaciones telefónicas" con F.R.L. para que él, y a través de esta mercantil, "le reunificase y le refinanciase sus deudas poniéndose en contacto con entidades financieras y bancarias".

   Tras esas conversaciones por teléfono, y después de haber conocido la publicidad de la empresa, el denunciante les remitió documentación y fue convocado para firmar en Madrid "las oportunas escrituras a fin de iniciar las gestiones citadas anteriormente".

   La sentencia recoge que las firmas de las "mencionadas escrituras" se efectuaron el 14 de julio de 2006 en presencia del denunciante, su hermano y el socio del primero en una empresa de electricidas que llevaban en común, y que este, en nombre de sus padres "de los que tenía un poder de representación", firmó a favor de F.R.L. letras de cambio por importes de 30.000 euros por un lado, y 60.000 y 20.000 euros por otro "como pago de los servicios que habría que hacerle sobre la acordada refinanciación, firmando también el correspondiente presupuesto de gastos".

   Ya en presencia del notario, según remarca, el denunciante firmó "dos escrituras de préstamo e hipoteca cambiaria respecto de tales letras, sobre la vivienda de sus padres", una escritura "respecto a una letra de 30.000 euros y otra escritura con respecto a las letras de 60.000 y 20.000 euros" y recibió --ahonda-- "un talón de 34.000 euros" de parte del acusado ahora absuelto.

   El tribunal hace alusión, asimismo, a que, entre 2006 y 2007, se realizaron varias transferencias de la cuenta de UCH Hipotecario SA a favor de la madre del denunciante, Ángeles Belmonte, quien finalmente fue desahuciada en 2011, y que se le comunicó que la operación hipotecaria vencía el 14 de julio.

   Por último, según desglosa, en octubre de 2007 se presentó por parte de la mercantil una demanda de ejecución hipotecaria frente a los padres del denunciante respecto a la letra de 30.000 euros, "no planteándose oposición alguna a dicha ejecución". El inmueble, ubicado en Campohermoso, está en poder de una entidad financiera al tener esta una hipoteca anotada con carácter preferente a la UCH Hipotecario SA.

"COMO PEQUEÑO EMPRESARIO NO DESCONOCÍA" LOS PRODUCTOS

   Para la Audiencia, y tras la vista oral, el que el perjudicado sostuviese que "no sabía lo que firmaba y que él solo quería refinanciar la deuda" no es suficiente prueba de cargo para el tipo penal de estafa ya que el engaño exigido se sustenta en una "ignorancia" que no le supone ya que, según señala, "en el tiempo de los hechos, aunque pequeño, era un empresario que no desconocía lo que es una letra de cambio o una escritura de préstamo hipotecario, como así reconoció en juicio".

   Subraya, en esta línea, que las escrituras "se suscribieron ante notario, quien, cumpliendo con su obligación, las leyó antes como ha reconocido también el denunciante". "No podemos estar de acuerdo con la tesis acusatoria pues estaba en condiciones de conocer el contenido de los documentos y, por tanto, con la concurrencia de un engaño basado en el total desconocimiento por su parte".

   A este hecho añade el tribunal que, de las relaciones profesionales entre F.R.L. y el denunciante, no ha derivado lucro económico ilícito. Es más, indica, consta que el primero le entregó al segundo un talón bancario de 34.000 euros y también constan transferencias por parte de la empresa a favor de su madre "aunque la refinanciación pretendida no pudo llevarse a cabo en su totalidad".

VÍA CIVIL

   Este caso se dio a conocer, ya que la anciana de 77 años protagonizó junto a su otro hijo, Miguel Ángel Navarro, varios actos de protesta con encierros en el interior de cajeros y un "encadenamiento" en las puertas de la sede del Banco de España en Madrid.

   Tras el desahucio, que se materializó el 1 de diciembre de 2011 ante unos 40 activistas del movimiento 15-M y la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, Ángeles Belmonte se instaló una tienda de campaña frente al que hasta el momento era su chalé de 120 metros cuadrados aunque tres días después accedió de 'ocupa' al inmueble, en el que continúa residiendo con un alquiler social.

   La sentencia deja la vía civil abierta ya que apunta a que, si bien no hay desplazamiento ni perjuicio patrimonial con lucro del acusado, el que las relaciones contractuales no consiguieran la finalidad pretendida "desembocan más bien en una cuestión civil y no penal".

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