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Miércoles 13/11/2024
 
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Málaga

Condenado por morder a un policía que le llamó la atención por ir en bici en dirección contraria

Los hechos sucedieron en mayo de 2014 cuando el acusado y su pareja circulaban en bicicleta en sentido contrario a la vía y fueron requeridos por agentes de la Policía Local que regulaban el tráfico para que se detuvieran, a lo que el acusado reaccionó "de manera alterada"

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La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia que condenó a un hombre por morder en el brazo a un agente que le instó a que parara por ir en bicicleta en dirección contraria por una calle de la capital malagueña y pedirle que se identificara. Así, se ratifica la pena de un año de prisión por un delito de atentado a la autoridad y la multa de 320 euros por una falta de lesiones.

   Los hechos sucedieron, según declaró probado el juzgado y consta en la sentencia de la Audiencia, en mayo de 2014 cuando el acusado y su pareja circulaban en bicicleta en sentido contrario a la vía y fueron requeridos por agentes de la Policía Local que regulaban el tráfico para que se detuvieran, a lo que el acusado reaccionó "de manera alterada".

   Así, manifestó a los policías que se iba a marchar "porque no tenían derecho a pararle", por lo que fue requerido para presentar su documentación, "a lo que el acusado se negó, comenzando a dar gritos y subiéndose a la valla de unos aparcamientos". En ese momento, dio un mordisco en el brazo a un agente, lo que le ocasionó una herida superficial.

   Por estos hechos, se le condenó y la defensa presentó un recurso contra la resolución, alegando error a la hora de valorar la prueba practicada en el juicio. Pero la Sala no observa dicho error y no estima arbitraria la sentencia, defendiendo que el juez hubiera dado más valor a la declaración de los agentes que a la del compañero sentimental del acusado.

   Así, el Tribunal no aprecia infracción del principio de presunción de inocencia destacando, especialmente, la declaración "objetiva, imparcial sostenida a lo largo de la causa por los agentes actuantes", lo que es "prueba de cargo bastante" para la condena dictada.

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