La construcción de un muro de hormigón que está a 28 metros del mar fue denunciada porque a juicio de los ecologistas infringía varios preceptos de la Ley de Costas porque en la edificación de esta actuación no se ha tenido en cuenta el impacto de declaración mediambiental para prevenir la destrucción de la flora.
Este colectivo denunció también la destrucción de plantas del litoral, como gaucium flavum, asterisco marino, crithunum maritimun, limonium vulgares y lycium intrimicum, esta última citada en la Lista Roja de la Flora Vascular de Andalucía.
La Dirección General de Costas, contestó el pasado día 24 y si bien reconocía que el muro se encuentra fuera del dominio público marítimo terrestre y fuera de la servidumbre de tránsito, delimitando que se ubica dentro de la servidumbre de protección.
Dicho organismo se declaró incompetente para llevar cabo las actuaciones solicitadas ya que según declaró el Tribunal Constitucional en sentencia 141/1991 el otorgamiento de autorizaciones en la zona de protección corresponde a las comunidades autónomas.
No obstante, aunque se reconoció incompetente, dio traslado a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.
Esta institución, con fecha 4 de mayo responde que “recabado informe del servicio de protección ambiental en el que se indica que se trata de una construcción no autorizada por la delegación de costas, siendo asimismo denunciada por agentes de la U.B. nº 3 sierras de litoral con fecha 23 de abril de 2009, se ha iniciado procedimiento sancionador en depuración de responsabilidad por presunta infracción administrativa en materia de costas”.