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Lunes 25/11/2024
 

Málaga

Condenan a tres hombres por intentar atracar un banco en la capital

Intentaron entrar cubiertos con cascos de motos y empujando a una persona que estaba en la puerta. Se absuelve a un cuarto procesado y a los anteriores de otros robos por los que habían sido acusados

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El Juzgado de lo Penal número 10 de Málaga ha condenado a tres hombres a una pena de un año, 11 meses y 29 días de prisión, a cada uno, por tratar de atracar un banco al que intentaron entrar cubiertos con cascos de motos y empujando a una persona que estaba en la puerta. Se absuelve a un cuarto procesado y a los anteriores de otros robos por los que habían sido acusados.

   Los hechos por los que han sido condenados tuvieron lugar en noviembre de 2014. Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los tres acusados fueron vistos por agentes de la Policía Nacional dando vuelta a bordo del coche de uno de ellos por las inmediaciones de la sucursal, ubicada en la capital malagueña.

   Luego, dos de ellos se subieron a una moto que previamente habían sustraído; mientras que el tercero se quedó en el coche en las inmediaciones. Los primeros se dirigieron a la sucursal bancaria con la cara cubierta con los cascos que portaban y dieron "un fuerte empujón a una persona que se encontraba en la puerta", comenzando a forzar la estructura de forma "muy violenta" para entrar.

   Como estaban siendo vigilados por los agentes, uno de ellos vio lo que pretendían hacer y, "ante el concreto peligro que esto suponía" para las personas que estaban allí, decidió actuar y se dirigió hacia ellos; momento en el que los dos huyeron en la moto y luego se fueron a donde estaba el tercero con el coche, huyendo los tres en dicho vehículo. Finalmente fueron detenidos.

   Por estos hechos, se les condena por un delito de robo con violencia en las personas en grado de tentativa, ya que se considera acreditado que se concertaron para llevar a cabo el atraco, lo que no consiguieron por la actuación de la fuerza policial que los vigilaba. Asimismo, se entiende acreditada la violencia empleada contra la persona que estaba en la puerta.

   También se les condena por otro delito de uso de vehículo a motor, por el que se le impone una pena de multa. El magistrado señala en su resolución, que se puede recurrir, que aunque no hay pruebas directa de la sustracción, "es evidente que fueron los tres acusados, dado que fue la motocicleta que usaron en el intento de robo que fue frustrado por los agentes".

   La Fiscalía los acusaba de varios atracos consumados, cometidos con el rostro tapado, pero el magistrado concluye que no existen pruebas, ni directas ni indiciarias, suficientes para fundamentar la condena, ya que "ni un sólo testigo o policía puede situarlos en el lugar de esos hechos". Así, se indica que la acusación se basa "en meras sospechas policiales".

   También se les absuelve del delito de integración en grupo criminal, al señalar que sólo se les condena por un único hecho y no por los demás; y del de conspiración para cometer robo. Al respecto, se manifiesta que no se conocen conversaciones ni actos preparatorios que permitan conocer el concierto de los acusados para atracar las entidades bancarias.

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