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Sábado 16/11/2024
 

Almería

Condenado a dos años por golpear con una vara a un pastor cuyas cabras se comían sus aceitunas

El acusado, que negó los hechos, aseguró que cogió el palo "para defenderse" ya que, según su versión, el pastor comenzó a arrojarle piedras y se acercó a él con su bastón

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El Juzgado de lo Penal número 2 de Almería ha condenado a dos años de prisión a un vecino de Berja (Almería) de 65 años por un delito de lesiones después de que golpeara con un palo a un pastor, a quien recriminó que sus cabras se habían metido en su finca y se habían comido las aceitunas de los olivos que tenía plantados.

   El fallo, consultado por Europa Press y sobre el que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, señalan que los hechos tuvieron el pasado 16 de diciembre en el barrio de Alcaudique, en Berja (Almería), donde la víctima se encontraba pastoreando con sus animales cuando apareció el condenado, quien le recriminó su actitud antes de cometer la agresión.

   El acusado, que negó los hechos, aseguró que cogió el palo "para defenderse" ya que, según su versión, el pastor comenzó a arrojarle piedras y se acercó a él con su bastón.

   Si bien la juez reconoce que pudo producirse una discusión "más o menos acalorada" y que ambos pudieran pronunciar "palabras malsonantes", señala que el hecho de que la víctima tirara piedras o intentarle agredir con el bastón, no implica que el acusado pueda ampararse en la legítima defensa, ya que no ha llegó a probarse el ataque máxime cuando el enjuiciado no tenía lesiones.

   En cualquier caso, la magistrada María Teresa Vidaurreta añade que incluso llegando a considerar que la víctima arrojara piedras e intentar agredir al acusado con su bastón, la reacción por parte de este no puede considerarse como legítima defensa. "Coger un palo y golpear no puede ser considerado de ninguna manera como proporcional a la supuesta agresión", afirma la juez en sus fundamentos.

   La juez rebaja en seis meses la petición inicial de la Fiscalía al entender que hay una circunstancia atenuante de reparación de daño, puesto que el acusado consignó 600 euros en concepto de responsabilidad civil por las lesiones causadas a la víctima. El agresor también ha sido condenado a alejarse 200 metros de la víctima por un periodo de dos años, tiempo en el que tampoco podrá comunicarse con él.

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