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Martes 26/11/2024
 
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Sevilla

Ayuntamiento recurre ante el TS la sentencia sobre el presupuesto 2016

Alega que no hay vulneración de derechos, que se denunció el acto administrativo que no era y que sí hubo participación política

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  • Ayuntamiento -

El alcalde de Sevilla, el socialista Juan Espadas, ha anunciado que el Ayuntamiento hispalense ha presentado ya el escrito de preparación del recurso de casación ante la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anula, tras la denuncia de Participa Sevilla, los acuerdos plenarios de aprobación del presupuesto de 2016, al no incluir los mismos la presentación, debate y votación de las enmiendas de Participa. En él, alega que no hay vulneración de derechos, que se denunció el acto administrativo que no era y que sí hubo participación política.

A preguntas de los periodistas, tras visita las instalaciones de la Torre Sevilla, Espadas ha indicado que se ha presentado el citado escrito, en el límite de la finalización del plazo para la presentación del recurso, con los argumentos jurídico básicos para que se pueda admitir la casación, "que es el primer paso donde el Tribunal Supremo (TS) analiza si analiza o no a tramite el recurso".

Detalla que ese escrito incluye los argumentos básicos para plantear la casación, que ha sido objeto de trabajo "de los servicios jurídicos municipales y de especialistas en materia de casación en el Supremo para avalar que esto no es sólo una decisión política sino que el Ayuntamiento de Sevilla tiene el aval jurídico de que este recurso tiene visos de prosperar". "Si no hubiera tenido visos de ello, no se hubiera hecho", incide.

El primer edil hispalense explica que el recurso se basa en tres puntos, siendo uno de ellos que el planteamiento del recurso por vulneración de derechos fundamentales de Participa Sevilla se hizo contra el acto administrativo no adecuado, ya que se presentó por el acuerdo del Pleno. "Éste no es el acto que se debería haber impugnado sino, en todo caso, el acto de decisión de la Presidencia del Pleno de que se votaran o no las enmiendas. Son dos actos administrativos distintos emitidos por dos órganos distintos", agrega.

También, el escrito municipal se basa en que no se aceptó en la primera fase del proceso en el TSJA una prueba que el Ayuntamiento considera "determinante", como es "toda la justificación y fundamentación de todas las reuniones mantenidas con los grupos políticos, también con Participa, para analizar la admisión de las enmiendas". "Todas esas reuniones, que no fueron ni una ni dos, han sido acreditadas con fecha y con un análisis sobre lo admitido".

Con ello, Espadas pretende demostrar que la participación política de Participa "se acredito más que nunca en la historia de este gobierno", además de que fructificó en la admisión de "un buen número de enmiendas cuyas propuestas fueron aceptadas".

Por tanto, defiende que la participación política que Participa dice que ha faltado y que llevaría a la vulneración del derecho "no se ha producido porque ha habido todo un proceso que lo acredita". "Concluimos que no hay vulneración de un derecho fundamental, por lo que hemos decidido que la imagen del Ayuntamiento había que preservarla al haber argumentos jurídicos para ello", sentencia.

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