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Miércoles 27/11/2024
 

Cádiz

Condena a Navantia por la muerte de un trabajador a causa del amianto

Debe indemnizar a la viuda e hija del trabajador fallecido en la cantidad de 46.500 euros en concepto de daños y perjuicios acreditados

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Andaluc�a Informaci�n
  • Navantia -

El Juzgado de lo Social nº 2 de Cádiz ha dictado sentencia  por la que estima parcialmente la demanda y condena solidariamente a  Navantia, Izar Construcciones Navales y a Piquetas Mecánicas a indemnizar a Dª C.D.R y a Dª C.P.D., viuda e hija, con la cantidad de 46.500 euros, en concepto de daños y perjuicios acreditados, por el fallecimiento del esposo y padre de las demandantes, el cual era trabajador de esa empresa, tal y como informa ell Bufete Ortiz Abogados.

En este sentido, los hechos se remontan a los años 1955 a 1963, fecha en la que el trabajador finado, Pérez Jiménez, estuvo prestando sus servicios como empleado de Astilleros Españoles, en la filial Piquetas Mecánicas, arreglando buques en el dique seco Nuestra del Rosario, trabajo en el cual estuvo en contacto directo con el polvo de amianto, material que se usaba en aislamiento de motores y cabinas.

El asunto se inicia en el despacho del Bufete Ortiz Abogados donde acuden la viuda e hija tras el fallecimiento de su esposo acaecido el 31 de julio de 2009, habiendo formulado previamente denuncia penal solicitando la práctica de una autopsia, al sospechar fundadamente las mismas que la causa de la muerte pudiera estar relacionada con el contacto con el amianto.

Tras los trámites oportunos se procedió a formalizar demanda judicial cuyo conocimiento recayó ante el Juzgado de lo Social nº 2 de Cádiz, que estima parcialmente la reclamación y concede a la viuda e hija el 50 por ciento de la indemnización mínima contenida en el baremo relativa a accidentes de tráfico, que aplica por analogía.

La sentencia recoge como hecho probado que el trabajador fallecido fue diagnosticado de silicosis pulmonar en junio de 1980, siéndole reconocida en 1989 la incapacidad permanente absoluta, derivada de enfermedad profesional.

Pero como quiera que tanto un TAC realizado al trabajador en el año 2006, como el resultado de la autopsia informado por el Médico Forense, "ponen de manifiesto claramente la existencia de placas pleurales de asbestosis, concluye en que se puede atribuir por mitad a cada enfermedad la causa de la muerte, por lo que concede el 50 por ciento de la indemnización que correspondería aplicando el baremo de los accidentes de tráfico", indica su abogado.

El magistrado, tras un exhaustivo análisis del caso, y tras citar otro asunto similar que también fue tramitado en dicho Juzgado de lo Social a través del Bufete Ortiz Abogados concluye que "la normativa sobre responsabilidad en las consecuencias de usar amianto en la industria naval es de sobra conocida por las demandadas, y que era su responsabilidad como empresa principal y contratista, al conocerse ya la peligrosidad para la salud del amianto desde 1927, que ese elemento nocivo era conocido es evidente y aunque la empresa tenía una normativa protectora superior a veces a la legal (no constan sanciones de la Inspección de Trabajo), hubo insuficiencia de medidas protectoras, por lo que incumplido el deber de vigilancia y coordinación con su auxiliar Piquetas, tiene la responsabilidad contractual laboral que debe dar causa a la indemnización procedente".

Contra esta sentencia cabe interponer Recurso de Suplicación ante el Juzgado de lo Social que ha dictado la sentencia para su tramitación ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, si bien la familia ha decidido que no va a recurrir dicha Sentencia, quedando en espera de la decisión que se adopte al respecto por Navantia-Izar.

La dirección jurídica de los intereses de la viuda e hija afectadas, ha sido asumida por el Letrado Juan Manuel Priego Fernández, socio del Bufete Ortiz Abogados.

Finalmente señalar que "son muchas las familias afectadas por el contacto con el amianto de los ex trabajadores de Astilleros de las décadas de los años 50 en adelante del pasado siglo, si bien hay que tener en cuenta que la asbestosis es una enfermedad insidiosa, latente y silente, que en muchos casos puede no haber dado aun la cara".

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