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Jueves 14/11/2024
 
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Sevilla

La accesibilidad debe ser real en edificios antes del 4 de diciembre

Los aparejadores advierten de que la exigencia legal afecta a todas las edificaciones anteriores a 2010 y recuerdan que estánn capacitados para rehabilitaciones

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  • Accesibilidad real y por ley -

El Colegio de Aparejadores de Sevilla (COAAT-Sevilla) ha advertido de que la normativa legal impone a las edificios construidos antes del año 2010 estar adaptados a la normativa de accesibilidad, plazo que se cumple el próximo 4 de diciembre, y ha recordado que los aparejadores “somos técnicos altamente cualificados para afrontar la rehabilitación de los edificios existentes más allá de lo estrictamente exigible por ley”.

Tras la publicación del Real Decreto Legislativo 1/2.013, de 29 de noviembre, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, el próximo 4 de diciembre expira el plazo para que todos los espacios urbanizados y edificios construidos antes del año 2010 queden adaptados a lo que señala esta ley.

Los ámbitos en que se aplica esta Ley son los de telecomunicaciones y sociedad de la información, espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación, transportes, bienes y servicios a disposición del público y relaciones con las Administraciones públicas, administración de justicia, patrimonio cultural y empleo. Cada uno de estos ámbitos se trata en las normas de desarrollo de la Ley, en la que se señala la obligación de que todos los entornos, productos y servicios deben ser abiertos, accesibles y practicables para todas las personas gradual y progresivamente. Para ello determina unos plazos y calendarios en la realización de las adaptaciones necesarias. En su artículo 26 determina que “Las normas técnicas sobre edificación incluirán previsiones relativas a las condiciones mínimas que deberán reunir los edificios de cualquier tipo para permitir la accesibilidad de las personas con discapacidad”. Asimismo, señala que “deberán ser recogidas en la fase de redacción de los proyectos básicos, de ejecución y parciales, denegándose los visados oficiales correspondientes, bien de colegios profesionales o de oficinas de supervisión de las administraciones públicas competentes, a aquellos que no las cumplan”.

A tenor de esto, Francisco Ligero, aparejador del COAAT-Sevilla y experto en este asunto, señala que “las novedades más llamativas desde el punto de vista técnico serán los elementos que nos tendremos que acostumbrar a ver poco a poco en nuestros edificios, como por ejemplo bucles magnéticos (instalaciones que facilitan la comunicación de personas que utilizan audífono) o solerías detectables para personas invidentes antes de llegar a una escalera o a una rampa”. Desde el punto de vista legal, la principal novedad es que ya una persona que por motivos de discapacidad u otros, se vea impedida o limitada en un edificio o en un espacio urbano, tendrá a su disposición una legislación con la que podrá exigir que ese edificio o espacio reúna las condiciones adecuadas para su acceso.

“Este plazo no afecta a las nuevas edificaciones, porque todas aquellas construidas después de 2010, deben reunir las condiciones de accesibilidad que establece el Código Técnico de la Edificación. Por tanto, estamos hablando de una nueva situación que sólo afecta a los edificios anteriores al 4 de diciembre de 2.010”, aclara Francisco Ligero.

Por su parte el presidente del COAAT-Sevilla, Javier Gómez Ramallo, señala que “los aparejadores se encuentran al nivel de experto tanto en la rehabilitación de edificios existentes y en medidas de mejora de accesibilidad, como en la rehabilitación energética. Nuestra profesión aporta al sector y a la ciudadanía la solvencia técnica necesaria para el éxito de la inversión, de ahí que llevemos más de cinco años liderando el mercado”. Desde el Colegio de Aparejadores de Sevilla se lleva trabajando, desde años, en diferentes aspectos formativos que competen a la accesibilidad, en colaboración con empresas expertas en este tipo de instalaciones.

Según los estudios elaborados por el COAAT-Sevilla, los beneficios que aportan a las personas discapacitadas usuarias son principalmente la autonomía, la seguridad y la igualdad de condiciones. Autonomía porque permite utilizar instalaciones por sí solas sin ayuda de nadie (un aseo, coger un ascensor, etc.); seguridad porque no debemos olvidar que cuando hablamos de accesibilidad para entrar, también hablamos de accesibilidad para salir y evacuarlo en caso de una emergencia; e igualdad de condiciones, porque según

Gómez Ramallo “en definitiva se trata de facilitar a todas las personas la posibilidad de ejercer todos sus derechos con plenitud; este es un tema que va más allá de lo técnico, ya que resuelve un problema social que viene de largo”. A tenor de esto, el presidente del COAAT-Sevilla recomienda que todos los edificios “deben ser estudiados para mejorar su accesibilidad siendo los Aparejadores imprescindibles en su desarrollo”.

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