La Fiscalía va a solicitar penas que suman siete años de prisión para el director de una sucursal bancaria de Vélez Rubio (Almería) acusado de cancelar "indebidamente y sin autorización y conocimiento" de los clientes varias imposiciones a plazo fijo y después transferir los importes a otros dos encausados con el fin de que pudiesen "regularizar la situación económica de sus empresas".
El Ministerio Público achaca al director, J.J.G.R., la presunta comisión de delitos continuados de apropiación indebida y de falsificación en documento mercantil al igual que a los dos empresarios, una mujer identificada como M.P.S.S., y un hombre que responde a las iniciales S.D.S. si bien, en ambos casos, estima que son cooperadores necesarios con respecto al segundo delito.
Según se recoge en el escrito de calificación provisional, consultado por Europa Press, J.J.G.R. prestaba servicios como director de una sucursal bancaria, en la que ejerció hasta diciembre de 2012, cuando, en el ejercicio de ese cargo, "aprovechándose de tal circunstancia y fuera de las facultades delegadas por la entidad", cometió los hechos presuntamente.
Así, puesto supuestamente "de acuerdo" con M.P.S.S. y S.D.S. y "para alcanzar un beneficio ilícito" a costa del banco, habría utilizado el sistema informático de la entidad y las claves digitales que tenía asignadas y que le permitían acceso a cuentas para "cancelar indebidamente una imposición a plazo fijo de un cliente por importe de 411.000 euros que estaba renovada hasta junio de 2013".
Lo habría hecho "sin mediar orden, ni autorización, ni conocimiento del cliente" para, a continuación, transferir "dicho importe de esa cuenta a otra cuenta de ese mismo cliente".
Posteriormente, habría "emitido contra el saldo de dicha cuenta cinco cheques bancarios al portador, siendo pagados por otro banco y cobrados" por la acusada M.P.S.S. con el "fin de regularizar la posición económica de su empresa, que se encontraba en descubierto".
El fiscal indica que, el mismo día, desde la cuenta de la que era titular la empresa y en la que se había realizado el ingreso de los cheques, "transfirió 154.455 euros a la empresa" del tercer encausado con el mismo fin de regularizar su situación económica.
El escrito relata que meses después, J.J.G.R., también puesto "de común acuerdo con S.D.S., habría cancelado con el mismo modus operandi otra imposición a plazo fijo de otro cliente por importe de 100.000 euros.
"A continuación abonó dicha suma en la cuenta de ahorro del cliente y su esposa y transfirió la cantidad a la empresa de S.D.S., que se encontraba en dificultades económicas, y haciendo constar en la orden de pago la citada mercantil, orden de pago que el cliente nunca efectuó".
El Ministerio Público acusa a J.J.G.R., asimismo, de, "en connivencia" con los otros dos acusados y a "fin de obtener suministros petrolíferos y, con la venta de los mismo, cubrir los descubiertos generados en la entidad bancaria", habría emitido avales bancarios "sin contar con la autorización del banco, dándole un número de registro ficticio y que no se encontraba inscrito en el registro de avales de la entidad".
En total, a favor de la mercantil de S.D.D., emitió presuntamente avales por valor de un millón de euros mientras que a favor de la empresa de M.P.S.S. lo hizo supuestamente por importe de 150.000 euros.
Al margen de la pena privativa de libertad, el fiscal interesa a cada uno de los tres acusados el pago de dos multas de diez meses a razón de 10 euros al día y que indemnicen de forma conjunta y solidaria a la entidad con 411.000 euros por un lado, y 250.000 euros por otro, en el caso de J.J.G.R. y S.D.S.