En diciembre de 2008, el tribunal europeo de primera instancia anuló una decisión de 2005 por parte de la Comisión Europea, en cuanto a que las reformas sugeridas por el Peñón constituyen una ayuda estatal ilegal.
En marzo de 2004 la Comisión Europea decidió que las reformas propuestas por el Gobierno y que habían sido presentadas dos años antes, constituían una programación de ayuda estatal que era incompatible con el mercado común y por lo tanto, no podía aplicarse. Uno de los argumentos es que la reforma es material y regionalmente selectiva.
Regionalmente porque se introduciría un sistema bajo el cual los impuestos que tendrían que pagar las compañías en Gibraltar, serían inferiores a los aplicados al mismo sector en el Reino Unido. Materialmente porque no todas las compañías en Gibraltar pagarían el mismo impuesto.
El Peñón y el Reino Unido interpusieron sendos recursos por separado, ganándose en ambos casos. La Comisión rápidamente interpuso un recurso ante este dictamen, aunque sólo lo hizo basándose en la selectividad material.
En España se apelaron las dos vertientes del caso, la material y la regional. Se desconoce cuándo se conocerán los resultados pero no tardará tanto como en el tribunal de primera instancia. No obstante no se espera ningún dictamen hasta principios del próximo año.