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Miércoles 27/11/2024
 
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Sevilla

Hermano del Santo Entierro recurre la negativa de anular elecciones

La Archidiócesis ha desestimado recientemente la impugnación presentada por este cofrade para invalidar el proceso electoral del 24 de noviembre

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  • Santo Entierro -

La carpeta de las elecciones de la Hermandad del Santo Entierro aún no está archivada. El hermano que hace un mes presentó una doble impugnación al proceso electoral de la cofradía, ha recurrido el informe negativo con el que le contestaba el delegado diocesano de Asuntos Jurídicos para Hermandades y Cofradías, Miguel Vázquez Lombo, de forma que la Archidiócesis tendrá que pronunciarse nuevamente ante la petición de anulación de las elecciones a esta hermandad, celebradas el 24 de noviembre, y que presentó este hermano.

El recurso, presentado en el registro del Palacio Arzobispal este pasado miércoles 27 de diciembre, recoge, por una parte, la negativa ante la conclusión a la que llega el delegado diocesano respecto a la creación de una Comisión Electoral, primera de las causas por las que recurría el hermano. 

Este cofrade tacha esta conclusión de "peligrosa", pues haciendo extensiva su visión sobre este nuevo órgano, creado en las Normas Diocesanas para tutelar el proceso electoral, entiende que "no sería necesaria su existencia", justificando que en el Santo Entierro no se haya dado a conocer a los hermanos. “Viene a decir que, como no hay mención alguna en cuanto a la publicidad, ni en las normas, ni en las reglas, no hay obligación en este sentido. Luego, al margen de los candidatos ¿qué pasa con los hermanos en general que quieran efectuar alguna reclamación? Si desconocen la existencia de este órgano ¿a dónde se dirigen? ¿Es lógico que un órgano de este carácter, novedoso y trascendental permanezca oculto a todos? Si este es el criterio a seguir en adelante, se ha certificado su defunción", explica el hermano demandante.

En cuanto al censo y exposición, según el hermano de la cofradía de San Gregorio, el decreto justifica que no se cumplan los plazos por la existencia de un certificado del Guardián del Templo, en el que se cita que el censo ha estado expuesto 31 días. "Pero lo cierto es que en la carta que reciben los hermanos, aportada a la impugnación, se acredita que éstos son informados de la exposición del censo con posterioridad", añade, por lo que los hermanos “no toman conocimiento” de la existencia del censo “hasta bastante tiempo después" aunque hubiera estado expuesto.

“Volvemos, por tanto, al razonamiento anterior, si no damos publicidad a las cosas en sus plazos, ¿qué sentido tienen?", se pregunta este cofrade, que además finaliza su recurso entendiendo que Vázquez Lombo debe suspender cautelarmente el acto administrativo impugnado, que declara la validez de las elecciones celebradas en la Hermandad del Santo Entierro el pasado 24 de noviembre.

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