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Jueves 14/11/2024
 
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Sevilla

Incautada una pistola eléctrica en el Viso del Alcor

El portador del arma emprendió una huida justo cuando los agentes de la Policía Local procedían a darle el alto junto a un acompañante

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  • Pistola eléctrica. -

Agentes de la Policía Local de El Viso del Alcor (Sevilla) han incautado un 'táser' o pistola eléctrica en la madrugada de este lunes (00,35 horas) tras registrar a un individuo que emprendió una huída cuando los agentes le dieron el alto.

El portador del arma emprendió dicha huida justo cuando los agentes procedían a darle el alto junto a un acompañante, al observar que caminaban solos por la calle junto a un perro de raza considerada como "peligrosa", tal y como traslada un comunicado del Ayuntamiento de El Viso. Tras 250 metros de carrera en la calle Algarrobo de dicho municipio, la policía le da alcance e inicia un registro. Fue en ese instante cuando el individuo explicó que "huyó porque portaba una pistola de electrochoque".

El arma ha quedado intervenida por la policía y los hechos han sido denunciados a la Subdelegación del Gobierno en virtud de la Ley de protección de la seguridad ciudadana, que prevé dicha infracción como grave y puede conllevar una sanción de 601 a 30.000 euros.

Un arma de electrochoque o pistola eléctrica es un arma diseñada para incapacitar a una persona o animal mediante descargas eléctricas que imitan las señales nerviosas y confunde a los músculos motores, principalmente brazos y piernas, inmovilizando al objetivo temporalmente.

Los 'táser' producen una descarga de muchos vatios pero a baja intensidad, a fin de no producir una electrocución total. Los hay como la intervenida, que producen la descarga por contacto directo, y otras que lanzan unos cables con agujas a unos seis o siete metros, a fin de guardar la distancia con el objetivo. El sonido es muy característico, ya que produce un impacto sensorial en la persona.

En España estos dispositivos están prohibidos en virtud del Real Decreto que regula la clase y posesión de armas. Así, en el artículo 5.1. C se indica la prohibición de publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de las defensas eléctricas, es decir, solamente está permitido para funcionarios de policía o militares, previamente regulado para el cuerpo policial en concreto.

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