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Miércoles 27/11/2024
 

Málaga

TS confirma la condena a Julián Muñoz por dos convenios urbanísticos

Condenado a 13 meses y 15 días de prisión, así como siete años de inhabilitación, por la Audiencia de Málaga el exalcalde de Marbella

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  • Julián Muñoz. -
  • Por delitos de fraude y prevaricación urbanística por la firma de dos convenios urbanísticos en los años 2000 y 2011

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un año, un mes y quince días de prisión así como siete años de inhabilitación especial para cargo público impuesta por la Audiencia de Málaga al exalcalde de Marbella Julián Muñoz por fraude y prevaricación urbanística por dos convenios urbanísticos. 

El alto tribunal también ha ratificado la condena de seis meses de prisión por delito de fraude a Manuel Lores Romero, propietario de la sociedad beneficiaria de los convenios Promociones Lorcrimar S.L., en los años 2000 y 2011, según la sentencia, difundida hoy por el TSJA. 

El exasesor urbanístico del Ayuntamiento marbellí Juan Antonio Roca, que también fue juzgado en el caso, fue absuelto, tanto de fraude como de prevaricación, al no constar acreditado que participase en la confección, negociación o desarrollo de los convenios.

La sentencia de la Audiencia de Málaga, de 23 de junio de 2017 y ahora confirmada, establece además que ambos condenados deben indemnizar, de forma conjunta y solidaria, por los perjuicios producidos al Ayuntamiento de Marbella con 172.156,44 euros más el IVA correspondiente a dicha cantidad así como al interés legal desde la firmeza de la sentencia. 

Del pago de la citada cantidad responderá como responsable civil subsidiario la entidad Promociones Lorcrimar SL, cuya responsabilidad civil subsidiaria expresamente se declara y se aplica a los dos condenados la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

El Supremo rechaza tanto el recurso de Muñoz como el de Lores, y también el del ministerio fiscal, que consideraba que las condenas debieron ser por delito de malversación de caudales públicos.

En los hechos probados de la sentencia se señala que antes de agosto de 2000, Lores Romero realizó diversas gestiones en nombre y representación de la Sociedad Promociones Lorcrimar SL, que le pertenecía, con el entonces Alcalde del Ayuntamiento de Marbella, Jesús Gil y Gil.

Gestiones que culminaron en el acuerdo de realizar un primer convenio de aprovechamientos urbanísticos, referido al sector URP-AN-3, "Los Altos del Rodeo", que fue redactado con fecha de 17 de agosto de 2000 y que no se basaba en el plan de Ordenación Urbanística vigente de 1986, sino en el no aprobado en forma legal de 1998.

En primera instancia, los magistrados de Málaga, destacaron que Muñoz realizó la firma de los convenios "no solo contrarios a ley sino con un informe en contra de técnicos y con ausencia de informes jurídicos".

El Tribunal explicó en los fundamentos de derecho que el acuerdo lo efectuó Gil y el empresario pero lo "materializan" Muñoz y el acusado, con conocimiento de que en la confección del acuerdo y en su contenido se omitía la documentación oportuna, la valoración previa, los informes técnicos y jurídicos y que ello no beneficiaba a las arcas públicas, sino a las del otro contratante. 

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