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Viernes 15/11/2024
 

Almería

Dos años de cárcel por estafar 80.000 euros con contratos simulados

El Supremo ha confirmado las penas de dos años de prisión impuestas a cinco acusados de urdir una trama con la que estafaron con contratos de telefonía

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  • Tribunal Supremo. -

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las penas de dos años de prisión impuestas a cinco acusados de urdir una trama con la que estafaron casi 80.000 euros a través de 155 contratos simulados de telefonía móvil con los que obtuvieron terminales de media y alta gama.

El Alto Tribunal desestima los recursos de casación interpuestos por las defensas de tres de los cinco condenados y ratifica en todos sus pronunciamientos el fallo de la Audiencia Provincial de Almería, que absolvió a una sexta acusada por eximente completa de anomalía psíquica y condenó por falta de estafa a un séptimo.

Según recoge la sentencia, consultada por Europa Press, dos de las acusadas trabajaban como empleadas comerciales de telefonía móvil en un establecimiento de la Avenida de Cabo de Gata en la capital cuando en, 2013, se concertaron con el resto para disponer de terminales telefónicos de media y alta gama para beneficiarse de los mismos.

Así, gestionaron el otorgamiento de contratos simulados de servicio telefónico y lo hicieron haciendo figurar en los mismos como clientes a personas de cuyos datos de identidad disponían, bien por haber acudido con anterioridad al establecimiento para contratar o para interesarse por los servicios y productos de la empresa, bien por otras vías.

Actuando "indistintamente", aportaban números de cuentas bancarias, en la mayoría de las veces existentes a su propio nombre, como supuestos autorizantes para el cargo de los débitos que generasen el servicio suscrito a nombre de los involuntarios clientes.

A cambio, en correspondencia por la fidelización comprometida a los servicios de la compañía telefónica, se les entregaba en cada caso un teléfono móvil del que posteriormente disponían, vendiéndolo en algunas ocasiones en establecimientos de compraventa de objetos de segunda mano con lo que obtenían un beneficio patrimonial.

Con esta manera de actuar, llegaron a cumplimentar 155 contratos. En un supuesto concreto, los acusados llevaron a cabo la contratación simulada de dos líneas telefónicas a nombre de un tercero y seguidamente gestionaron telefónicamente su portabilidad a otra compañía, la cual remitió los correspondientes terminales por una empresa de mensajería a nombre del referido supuesto cliente.

En este punto interviene el condenado por falta, empleado repartidor de la citada empresa de transportes, que convino con una de las acusadas entregárselos a ella en lugar de quien figuraba como destinatario, recibiendo el repartidor a cambio una módica cantidad.

Como consecuencia de estos hechos, la compañía telefónica hubo de soportar la suma de 16.911,36 euros por el consumo generado y no abonado por las líneas objeto de los contratos, y 44.932,78 euros por el valor de los terminales entregados y no recuperados mientras que la franquicia para la que trabajaban tuvo que abonar la suma de 15.600 euros por penalizaciones por fraude.

Por otro lado, uno de los clientes a cuyo nombres se pusieron en vigor dos de los contratos antes referenciados, fue incluido en el fichero de morosos Asnef, con el consiguiente efecto obstaculizador para la contratación de determinados servicios, en especial de ámbito bancario y financiero y el desprestigio que ello supone.

La irregularidad fue detectada inicialmente a raíz de diversas denuncias formalizadas por varios clientes, sorprendidos al recibir comunicaciones y requerimientos de pago por débitos derivados del servicio telefónico que ellos no habían concertado.

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