El tiempo en: Mijas
Miércoles 13/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

El alcalde de Pruna defiende que contrató un asesor por "necesidad"

Se ha sentado este martes en el banquillo acusado de prevaricación. Se enfrenta a ocho años de inhabilitación por contratar con informes desfavorables

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
  • Juzgados de Sevilla. -

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha juzgado este martes al alcalde de Pruna, Francisco López (Juntos por Pruna), que se enfrenta a ocho años de inhabilitación por presuntamente contratar a un asesor pese a informes desfavorables, ha indicado ante el tribunal que llevó a cabo ese contrato directo por "necesidad" del municipio y ha negado que el motivo fuese realizar una contratación "encubierta".

Asimismo, el primer edil ha explicado que para esta contratación incluso se dirigió al Ministerio de Hacienda para consultar la viabilidad del mismo e, igualmente, solicitó un informe al Servicio Jurídico Provincial de la Diputación de Sevilla sobre la misma, por lo que ha abundado que haya tenido un interés "espurio".

Con respecto a otras contrataciones realizadas que contaron con el informe desfavorable de la interventora como son las contrataciones para el desempeño de las funciones de auxiliar de ayuda a domicilio, algo en lo que sólo existe acusación particular por parte del PSOE toda vez que la Fiscalía no ve delito, López ha indicado que realizó éstas contrataciones a tenor del Plan Extraordinario de Urgencia Municipal (PEUM) de la Diputación de Sevilla que dotaba de una cantidad de dinero a los municipios "con el fin de mejorar el bienestar y calidad de vida de los más desfavorecidos". Así, ha indicado que realizó esas contrataciones porque tenía "la potestad" y para el "beneficio de sus vecinos".

De otra parte, ha declarado la interventora municipal que emitió informes desfavorables sobre varias contrataciones del regidor municipal en 2012, entre los que se encuentra el referente a la contratación de un arquitecto para el asesoramiento urbanístico de la Corporación Municipal, en el que la Fiscalía de Sevilla ve un delito de prevaricación por el cual pide ocho años de inhabilitación.

La interventora ha indicado que realizó un informe desfavorable sobre esa actividad al entender que se contrató "de manera directa" y "sin licitación" a ese arquitecto para un cargo que "debería ser para un funcionario o personal laboral" y "desconociendo" el importe total "superaba o no los 18.000 euros que justificaría que no hubiera un proceso selectivo". En este sentido, ha abundado que su obligación fue emitir ese informe ante la posibilidad de que se estuviera produciendo "una contratación encubierta".

Igualmente, ha indicado que el acusado "no respondió" a su informe desfavorable y que desconoce si éste se pronunció sobre el informe desfavorable del Servicio Jurídico Provincial de la Diputación de Sevilla que en el caso de la contratación de este asesor indicó "no procedía la modalidad de contrato administrativo de servicios pues las funciones para las que fue contratado son funciones reservadas a funcionarios públicos".

Además, la interventora ha señalado que "no recuerda" si el alcalde le transmitió la necesidad "ni tiene constancia" de que el regidor municipal emitiera una providencia al Ministerio de Haciendo preguntando por la viabilidad de este contrato, si bien ha asegurado que éste "no contestó" a su informe desfavorable.

Por otro lado, ha testificado el arquitecto contratado como asesor quien ha indicado ante el tribunal que su relación con López es "estrictamente" profesional y que su contratación se produce tras una llamada telefónica en la que le ofrecen el puesto y una posterior reunión personal en el que tras discutir sus emolumentos y la duración se llega a un acuerdo. Así, ha indicado que en ese periodo realizaba "informes urbanísticos, proyectos y escritos de licencia de obras" para el Consistorio así como que desconoce si ejerció funciones que deben realizar funcionarios o personal laboral.

En la vista oral también declaró como testigo el presidente de la Diputación de Sevilla, Fernando Rodríguez Villalobos, quien ha indicado que el organismo supramunicipal desarrolló el PEUM para "paliar situaciones de desempleo entre la población desfavorecida" y que esa subvención se le concede a los municipios y que son estos los que los gestionan "como creen conveniente".

Igualmente, Villalobos ha añadido que la Diputación cuenta con un servicio de asesoramiento urbanístico con varios arquitectos en plantilla para asesorar a los municipios de la provincia de Sevilla que así lo pidieran. En esa línea, ha apuntado que "no le consta" que el Ayuntamiento de Pruna pidiera asesoramiento de este servicio.

LOS HECHOS SEGÚN FISCALÍA

De otra parte, la Fiscalía ha elevado a definitivo el escrito de acusación preliminar en el que sólo se le acusa por la referida contratación del asesor.

En su exposición de los hechos, el Ministerio Público señala que durante el mandato que ostentó en los años 2011 y 2012 -cuando era regidor municipal por el Partido Andalucista- López "a sabiendas" de que actuaba frente a los reparos realizados por la interventora municipal y "con conciencia" de la ilicitud de su actuación, el 9 de abril del 2012, formalizó un contrato con un arquitecto para el asesoramiento urbanístico de la Corporación Municipal "mediante contratación directa sin proceso selectivo por ser un contrato menor" por la cantidad de 12.828 euros más 2.309,04 de IVA.

La Fiscalía indica que previa esa contratación, la interventora informó "desfavorablemente" de la contratación por "desconocerse" su importe total -si superaba o no los 18.000 euros- por "carecer de definición clara" de su objeto y por "no existir" consignación presupuestaria. "Pese a ello, por resolución de Alcaldía se aprobó y se adjudicó el contrato", añade.

El Ministerio Público continúa su exposición y apunta que, con posterioridad a la contratación, el acusado requirió al Servicio Jurídico Provincial de la Diputación de Sevilla para remisión de informe sobre compatibilidad de actividades de arquitecto con contrato administrativo de servicios, concluyendo el Servicio Jurídico que en el caso de la contratación de este asesor "no procedía la modalidad de contrato administrativo de servicios pues las funciones para las que fue contratado son funciones reservadas a funcionarios públicos".

Con todo, el Ministerio Fiscal señala que el alcalde de Pruna, "a pesar de tener conocimiento" de las conclusiones del informe del Servicio Jurídico Provincial de la Diputación de Sevilla, no sólo "mantuvo en su puesto de trabajo" al asesor que desempañaba labores que correspondían a los arquitectos con la condición de empleados públicos, sino que "también formalizó un segundo contrato" con ese asesor el 11 de abril del 2013 que le fue adjudicado mediante resolución de Alcaldía tras seguir el procedimiento de negociado sin publicidad "sin que conste en el procedimiento la invitación de otras personas para participar en ese procedimiento".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN