Así lo resumió ayer el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, en su intervención en el pleno de la Cámara, que ha dado el visto bueno a esta reforma y al que asistió desde la tribuna de invitados el director general de Tráfico, Pere Navarro.
Una reforma, por la que las sanciones se notificarán dos veces, en lugar de las tres actuales; incluso éstas se podrán hacer llegar a través del correo electrónico, aunque será de forma voluntaria para las personas físicas y obligatoria para las jurídicas.
Los infractores podrán pagar la sanción con tarjeta de crédito en el momento de la infracción y, en cualquier caso, si lo hacen antes de 20 días tras su notificación, podrán beneficiarse de un descuento del 50%, aunque perderán el derecho a recurrirla.
Son algunas de las novedades de la nueva ley aprobada tras una tramitación farragosa tanto en el Congreso como en el Senado que ha modificado, en parte, el texto original remitido por el Gobierno.
La nueva ley actualiza el permiso de conducir por puntos tras tres años de aplicación y reduce de 27 a 20 los supuestos que ocasionan pérdida de puntos.
Se suprime por ejemplo la pérdida de puntos por estacionar en el carril bus o por no llevar el alumbrado, aunque se mantiene la sanción económica.
También perderán puntos lo que coloquen inhibidores de radar, que no avisadores de los mismos.
Otra cuestión que subrayan los técnicos de la ley es la supresión de la sanción de la suspensión del permiso ya que se considera que se ha subsumido con el carné por puntos.
La reforma permitirá que se archiven los expedientes sancionadores, todavía pendientes, que se abrieron desde el inicio de la tramitación parlamentaria y que acarreaban pérdida de puntos en la norma anterior, pero no en la nueva.
La Administración Electrónica es uno de los ejes de esta ley y posibilitará a los conductores consultar en el denominado Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (Testra) si han sido sancionados en cualquier carretera.
Las infracciones leves serán castigadas con multa de hasta 100 euros; las graves, con 200, y las muy graves, con hasta 500 euros.
Se considera por ejemplo sanción leve ir en bicicleta sin elementos reflectantes; grave, parar o estacionar en el carril bus, y muy grave, conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar, además de alterar el uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.
Esta reforma, según ha señalado Juan Carlos Corcuera, del PSOE, intenta subsanar lo “largo y farragoso” del actual procedimiento sancionador, que ha permitido que algunos conductores no sean castigados hasta pasados dos años desde que cometieron la infracción.
No se trata de una ley recaudadora. El importe de las sanciones se mantiene, y el importe por pronto pago pasará del 30 al 50%”, ha subrayado Corcuera, quien difiere de la opinión del PP, cuyo diputado Federico Souvirón ha calificado la reforma como “un nuevo reglamento general urgente de recaudación de tráfico a costa de los derechos de los ciudadanos”.
“Y ahí ni debemos estar, ni queremos estar, porque no son incompatibles la seguridad jurídica y la seguridad vial”, añadió Souvirón que lamentó que el pleno del Senado “tumbara” algunas de las enmiendas que su grupo había conseguido incorporar en la Comisión de Interior de la Cámara Alta.
El PP quería, entre otras cuestiones, que se ampliara el plazo de alegaciones de 15 a 20 días y que el pago de la multa por pronto pago permitiera seguir recurriendo la sanción.
Jordí Jane, de CiU, hizo un balance positivo de la ley y mostró su satisfacción por las modificaciones en materia de velocidad que harán que en Cataluña, por ejemplo, en zonas con límite a 80, sólo se pierdan puntos cuando se rebasen los 130.