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Martes 26/11/2024
 

Almería

La Audiencia confirma las sanciones a Asaja, COAG y Alhóndigas por fijar precios mínimos hortícolas en 2009

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, subraya que las organizaciones sancionadas "actuaron claramente" como un "operador económico" y que el acuerdo no tuvo naturaleza "intersindical" sino que fue un "acuerdo sobre precios prohibido por la Ley de Defensa de la Competencia"

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La Audiencia Nacional ha confirmado las sanciones económicas impuestas por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) a las organizaciones agrarias Asaja-Almería y COAG-Almería, así como a la Asociación de Comercializadores Alhondiguistas de Frutas y Hortalizas de Andalucía (Alhóndigas) por el acuerdo alcanzado en diciembre de 2009 para fijar precios mínimos en pimientos, calabacín, pepino, berenjena y tomate.

   La resolución de la CNC recurrida por COAG y confirmada en todos sus extremos por la Audiencia Nacional multaba con 183.214 euros a Alhóndigas, con 29.662 euros a COAG y con 25.570 euros a Asaja al considerar que, en una situación de precios bajos en el sector hortofrutícola, pactaron durante una "multitudinaria asamblea" un acuerdo de unidad de acción sindical, en el que se incluía un acuerdo horizontal de fijación de precios.

   La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, subraya que las organizaciones sancionadas "actuaron claramente" como un "operador económico" y que el acuerdo no tuvo naturaleza "intersindical" sino que fue un "acuerdo sobre precios prohibido por la Ley de Defensa de la Competencia".

   La sala de lo contencioso-administrativo estima que, en el expediente, quedó acreditada suficientemente la conducta de la que derivaron las multas y hace alusión al documento, de fecha 7 de diciembre de 2009 y  encabezado por las siglas de las tres organizaciones, denominado 'Acuerdo de unidad de acción sindical de Asaja-Almería y COAG-Almería en relación a la crisis del sector hortofrutícola de la provincia".

   En esta línea, el fallo hace suyos los argumentos de la Abogacía del Estado y remarca que el mencionado documento con los "denominados precios de partida" se hizo público a través de los medios de comunicación tras una reunión convocada por la patronal agraria. Al tiempo, defiende que la cuantía de las multas tuvo en cuenta el valor de la producción/comercialización imputable a cada una de las asociaciones.

   El expediente sancionador se inició tras tener conocimiento la Dirección de Investigación de la CNC a través de unas informaciones aparecidas en prensa de la posible existencia en el sector hortofrutícola de Almería de un acuerdo de fijación de precios mínimos y de la constitución de una mesa de trabajo para regular la variación de los precios, por parte de determinadas organizaciones profesionales agrarias, asociaciones alhóndigas y asociaciones de cosecheros-exportadores.

   Tras la oportuna instrucción, el Consejo de la CNC ha considerado acreditado que el 6 de diciembre de 2009 Asaja-Almería y COAG-Almería acordaron iniciar un proceso de unidad de acción sindical para defender una serie de reinvidicaciones, entre las que se encontraban la adopción de medidas en relación con los precios de los productos agrícolas. Además, anunciaron la futura constitución de una mesa de trabajo a la que invitarían a los representantes del comercio para realizar el seguimiento de la evolución de los precios en origen y adoptar las medidas oportunas.

"CONDUCTA CONTRARIA A LA LEY"

   Todas estas cuestiones se plasmaron en un documento llamado 'Acuerdo de unidad de acción sindical entre Asaja-Almería y COAG-Almería, en relación con la crisis del sector hortofrutícola de la provincia'. En una reunión celebrada al día siguiente entre los agricultores de la zona, se repartió un documento llamado 'Documento de acuerdo de precios de productos hortícolas'.

   En este, se recogía un principio de acuerdo para que los agricultores se adhirieran a un sistema de precios recomendados, comprometiéndose a no vender por debajo de determinados precios que se irían acordando, y fijando unos precios mínimos de partida para determinados productos hortofrutícolas. El documento recogía además la obligación de reflejar los precios mínimos acordados en todos los albaranes de entrada o facturas.

   La investigación acreditó que, al menos, una primera 'Mesa de trabajo' el 10 de diciembre de 2009. En su resolución, el consejo de la CNC concluyó que las conductas analizadas constituían un acuerdo horizontal de fijación de precios mínimos, contrario a la Ley de Defensa de la Competencia y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en el que han participado COAG-Almería, Asaja-Almería y Alhóndigas que, aunque no participó inicialmente en el acuerdo, se adhirió al mismo a penas dos días después de forma pública y notoria a través de una nota de prensa que distribuyó y publicó en una página web.

   El consejo de la CNC aclaraba en su Resolución que no se oponía a que las organizaciones agrarias alcanzasen acuerdos de acción conjunta en defensa de los intereses de sus asociados, pero no podía aceptar que, bajo el título de acción sindical, se amparasen conductas contrarias a las normas de competencia, "como es el caso de los acuerdos de fijación de precios mínimos, que exceden de los límites de una acción sindical legítima".

   Además, recuerdaba que este tipo de acuerdos sobre precios mínimos no se han mostrado eficaces para resolver los problemas ni permite asegurar el objetivo buscado de una renta justa para los agricultores, como ya se puso de manifiesto en el 'Informe sobre Competencia y Sector Agroalimentario' realizado por la CNC en 2010.

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