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Viernes 15/11/2024
 

Almería

La jueza rechaza archivar la causa contra el delegado de Medio Ambiente por un cambio de uso de suelo

La Junta, que ejerce su defensa, pide el sobreseimiento porque hizo "lo que informaron los técnicos"

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La jueza que investiga si existió prevaricación en el cambio de uso de suelo forestal a agrícola autorizado en 289,5 hectáreas del municipio de Tabernas (Almería) para el cultivo de olivo ha rechazado decretar sobreseimiento de la causa contra el delegado territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, José Manuel Ortiz Bono.

   La providencia de la magistrada Alejandra Dodero, consultada por Europa Press, indica que no ha lugar a decidir sobre el archivo solicitado por la Junta, que ha asumido la defensa de Ortiz Bono, ya que la instrucción aún no ha concluido y no sería, por tanto, el "momento procesal oportuno". Alude, de esta forma, a que están "aún pendientes de practicar algunas diligencias".

   La Junta argumentó para solicitarlo que su defendido "no se apartó en ningún momento de lo informado por los técnicos", dos de los cuales están también imputados en las diligencias previas. En concreto, se trata de dos jefes de servicio de Gestión del Medio Natural.

   Ortiz Bono está imputado por un presunto delito de prevaricación después de que la Fiscalía pidiese la apertura de procedimiento penal al apreciar "irregularidades y omisiones" en la tramitación del cambio de uso de suelo de una superficie total de 289,5 hectáreas a instancias de la mercantil Gespater S.L.U. entre enero y junio de 2013.

   En concreto, en su denuncia recaida ante el Juzgado de Instrucción 1 de Almería consideró que la autorización de cambio de uso de suelo hubiese precisado de autorización unificada ambiental según la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, ya que "la explotación iba a ser de regadío aunque posteriormente se modificase la solicitud inicial a olivar de secano" de acuerdo al análisis de la memoria técnica y a la documentación que acompañaba a la solicitud de la empresa.

   En su escrito para pedir el sobreseimiento "inmediato sin pedir ninguna otra diligencia probatoria" de las actuaciones con respecto al delegado territorial, la Junta sostiene que "no existen indicios racionales" de que cometiese prevaricación e incide, en esta línea, en las explicaciones que en su declaración ante la jueza dio el propio Ortiz Bono el pasado 21 de abril.

   En concreto, la letrada del Gobierno andaluz señala que "ninguno" de los tres expedientes a los que se refiere la denuncia "fue tramitado ni pudo ser examinado" por el responsable de la Delegación, "de modo que no observó ni analizó, ni la solicitud, ni los documentos que la acompañaban, ni los informes obrantes en la misma", al tiempo que subraya que "no tiene además formación técnica en la materia a fin de conocer su corrección".

   Indica, al hilo de esto, que lo que se le presentó a Ortiz Bono "fue la propuesta de resolución ya redactada para que se proceda a su firma" y hace referencia a que así lo "confirmaron" en sus declaraciones como imputados los dos funcionarios de Medio Ambiente.

   "La firma es estampada por mi defendido una vez comprobado que tiene el visto bueno del jefe de servicio correspondiente, sin introducir modificación alguna", argumenta la Junta en su es escrito, en el que desglosa numerosa jurisprudencia para respaldar sus tesis de que no actuó "a sabiendas de la injusticia de la resolución" cuando la dictó.

"NO SE APARTÓ EN NINGÚN MOMENTO DE LO INFORMADO POR LOS TÉCNICOS"

   Por último, concluye que no constaría acreditado, "porque no se ha dado en modo alguno", el "dolo directo" ya que "no existió malicia de una acción reprobada, ni propósito conocido de quebrantar mandato legal, ni deliberado ánimo de faltar a la legalidad ni la conciencia de infracción de los deberes". "Mi representado no se apartó en ningún momento de lo informado por los técnicos", apuntilla.

   La Fiscalía consideró que la autorización de cambio de uso de suelo hubiese precisado de autorización unificada ambiental de acuerdo a la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, ya que, según se desprende de la memoria técnica y de la documentación que acompaña a la solicitud de la empresa, "la explotación iba a ser de regadío aunque posteriormente se modificase la solicitud inicial a olivar de secano", según matiza.

   Rechazó, así, lo sostenido por los técnicos de la Delegación en un informe que le requirió el propio Ministerio Público en el marco de su investigación y en el que decían que la autorización unificada ambiental sólo es precisa cuando lo que se va a autorizar supone "la eliminación de cubierta vegetal arbustiva", una premisa que en este caso no se daría "al no incluir en ese concepto las especies de matorral".

   En concreto, la Fiscalía remarcó en su denuncia que la consideración de los técnicos de Medio Ambiente sobre la "vegetación natural existente" antes de la transformación de suelo es "estimativa" ya que no se realizó visita a la "mayor parte de los terrenos" afectados y "no se efectuó ningún informe sobre el tipo de vegetación existente en las parcelas" sobre las que se pronunciaron "dos de los tres expedientes".

   Aludió, en este punto, a que el tercero de los expedientes y último incoado, sí incluyó inspección a las parcelas y sí detectó "la presencia de una especie protegida bajo la categoría de vulnerable que exigió --subraya-- que la resolución que autorizaba el cambio de uso estableciese condiciones para su salvaguarda".

   "No es posible conocer en ese momento si la referida especie estaba también presente en las parcelas a las que afectaba los otros dos expedientes porque en aquellos no se emitió ningún informe sobre ello. Ni siquiera en la memoria técnica que aporta el solicitante se hace referencia alguna a las especies existentes en la parcela en cuestión", manifiestó.

RESOLUCIONES FAVORABLES SIN INFORMES TÉCNICOS

   Con respecto a los dos expedientes cuestionados, la Fiscalía apunta la necesidad de indagar en el hecho de que dos jefes de servicio de Gestión del Medio Natural de la Delegación, cuyas declaración en calidad de imputados solicitó, "efectuasen propuestas de resolución autorizando el cambio de uso sin los informes sobre repercusión en los hábitats naturales de interés y sobre la posible presencia de especies amenazadas de flora y fauna" en los suelos afectados.

   En uno de los casos, reprochó que el jefe de servicio lo hiciese así cuando "él mismo había solicitado" los preceptivos informes y, en el otro caso, le afea a la jefa de servicio que, además, obviase presuntamente que tampoco tenía informe sobre la afección a vías pecuarias de lo solicitado. Estas propuestas de resolución autorizando el cambio de uso fueron aprobadas por el delegado territorial en fechas 20 de mayo de 2013 y 15 de junio de 2013.

   Otra de las supuestas irregularidades en las que se habrían incurrido pasa, según recogía la denuncia, por que, de acuerdo a la normativa vigente, la competencia para dictar la resolución autorizando este cambio de uso para una plantación de olivos "no hubiese correspondido al delegado territorial sino a la Dirección General del Medio Natural".

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