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Miércoles 13/11/2024
 
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Almería

Quince años y tres meses cárcel por vender gasóleo adulterado con aceite

Ya había sido condenado en 1995 por contrabando y en 2012 por cuatro delitos contra la Hacienda Pública

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  • IPC. -

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería ha impuesto una pena de quince años y tres meses de cárcel a un empresario que defraudó más de 4,26 millones de euros a través de la venta de gasóleo adulterado con aceite.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el acusado, E.T.M., ya había sido condenado en 1995 por contrabando y en 2012 por cuatro delitos contra la Hacienda Pública y que sobre los hechos juzgados en este caso, apunta que se unió a otras cuatro personas, ya juzgadas, que hacían de testaferros.

Subraya que además se valía de personas jurídicas de "naturaleza mercantil" que creó para conseguir beneficios ilícitos a costa de la Agencia Tributaria o ser valía de otras ya creadas para tal fin.

Su "principal método de actuación" era el de adquirir aceites exentos de tributación si se destinaban al comercio intracomunitario, mezclándolos con gasóleo para venderlos en estaciones de servicio y de transportes como si fuese este combustible, que sí está sometido, entre otros, al impuesto especial de hidrocarburos.

Precisa que adquiría este aceite a través de la sociedad Tracemar SLU, con domicilio en Fuenlabrada (Madrid), que obtenía dicho producto a través de un proceso de regeneración de aceites usados, recuperando los aceites base para lubricantes.

Para ejecutar dicho plan hizo uso sobre todo de las sociedades Gasóleos Las Palmeras SL, ERTA Servicios Andaluces SL y Corporación Butchart SL y la sentencia recalca que las dos últimas se dedicaban al transporte de gasoleo y contaban con vehículos "idóneos" para el traslado de este producto y de redes comerciales.

En las tres mercantiles era administrador G.F.M., si bien la función de "dominio y mando" la realizaba F.J.P.M. -ya juzgado-, que era un empleado del acusado de "su máxima confianza" y que organizaba el transporte de las cisternas de aceite ubicadas en una nave de Cantoria (Almería), la posterior mezcla con gasóleo y su venta a terceros.

El fallo detalla otras empresas con domicilios en otros países como Francia o Italia, a las que supuestamente se vendió el aceite, pero en las 498 operaciones analizadas se ha comprobado que nunca salió ninguna cisterna cargada de aceite mineral fuera de España.

En su lugar, la mezcla de aceite y gasóleo era vendida como gasóleo de forma "clandestina" sin facturación y el acusado confeccionaba una serie de documentos necesarios para el transporte de aceite por carretera que eran "ficticios" para dar apariencia de legalidad a su actividad.

Por estos hechos, a E.M.T. le ha sido impuesto un año y nueve meses de prisión y multa por un delito de falsedad en documento mercantil, y cuatro años de cárcel y multa de cuatro millones de euros por un delito de blanqueo de capitales.

Por cuatro delitos contra la Hacienda Pública cometidos en los ejercicios de 2007 a 2010 le han sido impuestas penas que suman nueve años y medio de prisión y multas de 707.171, 1.245.916, 1.265.385 y 1.042.217 euros. 

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