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Jueves 14/11/2024
 
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El jardín de Bomarzo

La pena de Carmen

En los últimos años algunos jueces y tribunales de lo penal parecen estar sumidos en una imperiosa necesidad de buscar culpables entre políticos y funcionarios

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  • El jardín de Bomarzo. -

En los últimos años algunos jueces y tribunales de lo penal parecen estar sumidos en una imperiosa necesidad de buscar culpables entre políticos y funcionarios, desplegando contra ellos todo el peso de la justicia con imputaciones que, en algunos casos y tras varios años de sufrimiento, quedan en nada; en otros, terminan en condenas exageradamente duras en proporción al delito cometido y mejor ni hablar comparativamente con todos esos casos de personajes conocidos con cuentas en Suiza. Judicialmente, resulta caro ser anónimo. Además, los españoles somos muy dados a mandar a la hoguera de manera frívola y cruel, nos encanta prejuzgar, hablar sin saber, criticar por método sin análisis objetivo. En esto, hay que reconocerlo, medios de comunicación y redes sociales colaboran lo suyo. Esto, de por sí, ya es una condena para quien lo sufre, que se suma a la del lento, lentísimo, proceso judicial. El quinario que padece el inocente imputado es algo que sin padecerlo es inimaginable. La pena de banquillo y la pena de titulares y comentarios descarnados en la red, la pena del ostracismo social que te retira el afecto, el saludo, debería tenerse en cuenta por el que acusa y, sobre todo, por el que juzga. En este gélido amanecer de enero, con el habitual sonido de sables en el PSOE y con el tradicional Fitur congregando cada año a menos, desbrozo mejor un arbusto solitario y anónimo.

La penalización de lo público. El derecho penal está presidido por un principio de intervención mínima en todos aquellos casos que los hechos se puedan enjuiciar en otras sedes judiciales mediante el cual, si no existe dolo ni culpa, el juez de lo penal no debe intervenir. Con este principio, hasta hace unos pocos años casi todos los acuerdos ilegales presuntamente cometidos por autoridades y empleados públicos se enjuiciaban en la vía contenciosa-administrativa y de haberse llevado a cabo con voluntad y conocimiento expreso de infringir la ley, -"a sabiendas"-, la vía penal solía concluir con la existencia de delito de prevaricación, que no implica cárcel, siendo la condena la de inhabilitar al político o al funcionario para seguir en cargo público –en el caso de los funcionarios, quedarse sin trabajo-. Sólo cuando los hechos cometidos implicaban un beneficio personal, un lucro, entonces se determinaban otros delitos con penas de prisión. Que hay que erradicar la corrupción es incuestionable. Que en los últimos veinte años ha habido en lo público mucho aprovechado, conocido es. Que todo el que se ha beneficiado ilegalmente de su cargo debe ser condenado, no cabe duda. Que la sociedad se ha revelado ahora contra lo que antes se admitía con cierta laxitud, también es un hecho. Y que, en muchos casos, las demandas y denuncias se están utilizando como medio de ataque político o incluso de venganza personal y hasta sindical, también es otra realidad. Sobre todo cuando algunos jueces y fiscales han endurecido el tratamiento de las ilegalidades realizadas en las administraciones públicas imputando a todo el que pasaba por allí y, también, emitiendo sentencias con las condenas en su mayor grado. De alguna manera se está alimentando una judicialización penal de la vida pública y esto está dando como resultado una comprensible paralización de la gestión administrativa por el miedo a imputaciones, pagando el pato el servicio público y los ciudadanos. Causa-efecto. En la actualidad, ostentar un cargo político o ser un técnico en una administración pública es un trabajo de elevado riesgo.

Carmen. Todos los que la conocen coinciden en definirla como una persona honesta, leal, comprometida, muy solidaria y trabajadora. Pese a ello, la justicia ha decidido mandarla a prisión durante dos años y seis meses tras un proceso judicial de más de seis años, con lo que ello conlleva desde que el juez de instrucción decidió su imputación. A todo esto hay que añadir la enfermedad grave que sufrió en la misma época del juicio. Desde el máximo respeto al poder judicial, últimamente casos como este hacen que mucha gente se cuestione si la justicia es realmente justa. No está condenada por robar, ni por lucrarse ilegalmente, ni por obtener ningún beneficio para ella o su entorno. Su condena de dos años y medio de prisión es por no actuar correctamente y colaborar en la concesión a una empresa de un precio más favorable para la compra de un terreno público en el que se iba a  establecer una industria. A la empresa le correspondía una reducción del valor del precio de 122.360 euros –el 20%- y se le concedió una rebaja del doble. Por lo tanto, el inversor obtuvo sin tener derecho un beneficio  de 122.360 euros. Son los hechos por los que Pilar Sánchez está en la cárcel cumpliendo una condena de cuatro años y seis meses de prisión, además de tener que pagar al ayuntamiento la mitad de la rebaja ilegal del precio e inhabilitación para cargo público por ocho años, mas costas. La delegada de Medio Rural, Carmen, resultó condenada a dos años y seis meses de cárcel, tener que pagar la otra mitad de la rebaja ilegal del precio -61.180 euros-, dos años y seis meses de inhabilitación para sufragio pasivo y multa de 1.900 euros, más costas. Un empleado municipal  fue condenado a un año y nueve meses de prisión y multa de 810 euros, más costas. Finalmente, los empresarios que se beneficiaron de la rebaja ilegal del precio fueron absueltos. El terreno era de propiedad municipal y, por tanto, el procedimiento para bonificar el precio de compra a los inversores estaba legalmente establecido,  aumentarle la bonificación de forma injustificada era ilegal. Por lo tanto, no se cuestiona que actuaron mal y que deben asumir su responsabilidad. Otra cosa es establecer la medida justa de la condena. 

La  pena. La Constitución establece en el artículo 25.2 que “las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social”. Por otra parte, el Código Penal dice en su exposición de motivos que “se propone una reforma total del actual sistema de penas de modo que permita alcanzar, en lo posible, los objetivos de resocialización que la Constitución le asigna. El sistema que se propone simplifica, de una parte, la regulación de las penas privativas de libertad, ampliando, a la vez, las posibilidades de sustituirlas por otras que afecten a bienes jurídicos menos básicos, y, de otra, introduce cambios en las penas pecuniarias, adoptando el sistema de días-multa y añade los trabajos en beneficio de la comunidad”. Es  decir, se supone que nuestro sistema penal, en los casos en los que legalmente se pueda encauzar la pena hacia sanciones pecuniarias, inhabilitaciones e incluso trabajos para la comunidad, ahí se debe quedar, sobre todo si el condenado no necesita reeducación alguna ni resocialización.

Dando vueltas al tema y, bajo estas premisas de Constitución y de Código Penal, me pregunto si una persona, en este caso Carmen, sospechosa sobre todo de ser trabajadora, comprometida en temas sociales y, por todo esto, respetada por la comunidad en la que vive, que cometió una grave equivocación, -sí, se equivocó-, aunque sin sacar provecho personal de ello, ¿necesita pasar un tiempo en la cárcel para qué?, ¿reeducarse y reinsertarse en una sociedad en la que está plenamente integrada y aceptada? Su delito -colaborar en que le cueste 122.360 euros más barato el terreno municipal a una empresa que va a invertir en la ciudad sin obtener ninguna prebenda, ni beneficio económico, ni personal- ¿no está justamente penado con tener que pagar de su bolsillo 61.180 euros, otros 1.900 de multa y las costas, cantidades que ya ha pagado tras pedir un préstamo al banco? Más lo que lleva penado, ella y su familia: seis años de proceso judicial, desde la imputación verse tratada como una delincuente y, aún más tras la condena en medios de comunicación y redes sociales. Noches sin dormir, seis años sumida en angustias... Y como ella, otros tantos, anónimos, que no salen en el telediario y que sufren la indefensión de ser prisioneros de un sistema judicial que parece poner mucho más cuidado cuando trata con sangre real o con la política de alta alcurnia que con mujeres como Carmen, madre corriente de hija discapacitada a la que la justicia condenó con dureza por cometer un estúpido error del que ha pagado con una pena larga que, y así lo firmo, ya merece consuelo.

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