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Viernes 15/11/2024
 
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La ley hipotecaria de Guindos se somete a su primer test

Afronta su primer examen parlamentario con el debate de totalidad en el Pleno del Congreso

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  • Luis de Guindos -

El proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario del Ministerio de Economía se somete este jueves a su primer examen parlamentario con el debate de totalidad en el Pleno del Congreso, donde se enfrentará al texto alternativo presentado por Unidos Podemos.

La propuesta del Gobierno amplía el límite de los bancos a la hora de ejecutar una hipoteca (ahora puede hacerlo con tres meses de impago), facilita la conversión del préstamo con interés variable a fijo y obliga a la entidad a comunicarle en detalle todo tipo de cláusulas, como cláusulas suelo, y a asegurar que el cliente, notario mediante, se declare conocedor de su naturaleza y de su comportamiento ante diferentes escenarios.

La norma, que supone la trasposición de la directiva europea de créditos hipotecarios, tenía que haberse aprobado antes de marzo de 2016. Al no haberse cumplido este trámite, España tiene abierto un procedimiento de infracción, aunque el Gobierno confía en poder aprobar la norma antes de que finalice el proceso a fin de evitar una posible multa.

GUINDOS ASEGURÓ TENER LOS APOYOS QUE PERMITIERON LOS PGE

En la presentación de la iniciativa, el ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, señaló que el Gobierno contaba con los apoyos que habían posibilitado la aprobación de los Presupuestos de 2017: Ciudadanos, PNV, UPN, Foro Asturias, Coalición Canaria y Nueva Canarias.

En todo caso, sus votos deberán rechazar la propuesta llevada al debate totalidad por Unidos Podemos, ya que si esta suma más apoyos que rechazos, el Pleno rechazaría la iniciativa del Gobierno y pasaría a tramitar la alternativa de la coalición de izquierdas que, según defienden, es una trasposición "más estricta" de la directiva en materia de protección al consumidor.

UNIDOS PODEMOS RECLAMA LA SUPERVISIÓN DEL BANCO DE ESPAÑA

En este sentido, Unidos Podemos exige una protección "no sólo formal", sino también material, exigiendo que haya un organismo público que controle y supervise la firma de este tipo de contratos, y apuntan al Banco de España para ejercer de supervisor de "todos los tipos de contratos que las entidades financieras van a comercializar, para cerciorarse que no están violando los derechos de los consumidores".

En la proposición alternativa se establece la nulidad de aquellas que obliguen a los consumidores a renunciar anticipadamente a sus derechos a ser informados sobre cualquier cesión del préstamo y también permite reembolsar todo o parte del préstamo sin comisiones ni penalizaciones, a excepción de pérdida financiera en los primeros años, esté justificada y no supere unos porcentajes determinados.

Asimismo, se prohíbe a notarios y registradores a autorizar e inscribir contratos o negocios con cláusulas contrarias a normas o declaradas nulas por el Tribunal Supremo, y autoriza a las comunidades autónomas a aplicar un régimen sancionador disuasorio

EL GOBIERNO LIMITA LOS RECARGOS AL CONVERTIR HIPOTECAS

La propuesta del Gobierno establece nuevos plazos al vencimiento anticipado de una hipoteca, limita los intereses de demora --tres veces el interés legal vigente y se aplicarán sobre el principal pendiente de pago-- y facilita la conversión del préstamo hipotecario en divisa extranjera a otra moneda, así como el cambio de préstamo hipotecario con interés variable a fijo.

Actualmente, los bancos pueden decretar el vencimiento anticipado de un préstamo y ejecutar la hipoteca a partir del tercer mes de impago, un umbral que el Gobierno eleva hasta el 2% del préstamo, intereses incluidos, o nueve cuotas durante la primera mitad del contrato, y el 4% o doce mensualidades en la segunda.

Para cambiar un préstamo hipotecario con interés variable a uno fijo, la comisión máxima de reembolso anticipado para una novación o cambio de entidad en la que se pacte un tipo fijo será del 0,25% en los tres primeros años, y a partir de entonces desaparecerá.

En el caso de hipotecas a tipo variable, la comisión por reembolso anticipado será de cero a partir del quinto (0,25% de límite) o el tercer año de vigencia del contrario (0,5%), en función de lo pactado. En cuanto a los préstamos a tipo fijo, la comisión por reembolso anticipado será de un 4% como máximo en los diez primeros años y del 3% a partir de entonces.

CONOCIMIENTO DE TODAS LAS CLÁUSULAS

Por otra parte, la norma incluye la posibilidad a ambas partes de adherirse de forma voluntaria a un contrato tipo en el que se establezcan las cláusulas fundamentales del contrato, y obliga a la entidad a remitir siete días naturales antes de firmar el contrato una ficha con las principales características del contrato, cláusulas suelo incluidas, con estimaciones en distintos escenarios de interés.

En esos siete días, el consumidor deberá acudir al notario para responder a las preguntas que le plantee y donde le explicará todas las cláusulas sensibles, debiendo firmar un acta, gratuita para el prestatario, en la que manifestará conocimiento de toda la información necesaria.

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