Este miércoles, 31 de julio, el obispo de Cádiz y Ceuta alcanzará la edad de ‘jubilación’. Pero corresponde exclusivamente a Rafael Zornoza formalizar su renuncia e iniciar el procedimiento de relevo, que contempla incluso la posibilidad de prorrogar su labor pastoral en la diócesis.
Así lo recoge el canon 401, que regula este proceso, al indicar que “al obispo diocesano que haya cumplido setenta y cinco años de edad se le ruega que presente la renuncia de su oficio al Sumo Pontífice, el cual proveerá teniendo en cuenta todas las circunstancias”.
Cabe destacar que dicho artículo del Código de Derecho Canónico fue modificado por el Papa Francisco en febrero de 2018 a través de un motu proprio titulado ‘Imparare a congedarsi’ (Aprender a despedirse), de manera que el Pontífice decidirá a discreción si acepta o la rechaza, con la opción de prórroga eventual por “motivos siempre ligados al bien común de la Iglesia”.
En cualquier caso, la renovación no es inmediata. Valga como ejemplo el caso del obispo de San Feliu de Llobregat, Agustí Cortés, que cumplió los 75 años en octubre de 2022.
Hay que tener en cuenta, además, que este año llegan a la jubilación otros cuatro obispos, los de Cartagena, Málaga, Tenerife y Urgell, y aún no han sido aceptadas las renuncias de los obispos de Barcelona, Cuenca, Ciudad Real, Lérida, Mallorca, Tuy-Vigo, Segovia, Mérida-Badajoz y la citada San Feliu de Llobregat.