El Tribunal Supremo ha rechazado las querellas de la asociación Abogados Cristianos y HazteOir.org contra magistrados y exmagistrados del Tribunal Constitucional (TC) por el retraso en resolver el recurso presentado hace diez años contra la ley del aborto, ya que considera que no hay delito en esa demora.
La querella de Abogados Cristianos se dirigía contra el magistrado ponente, Andrés Ollero, -que justo ahora abandona ya el Constitucional- y la de HazteOir.org, incluía además de a Ollero al presidente saliente del TC, Juan José González Rivas, y a los expresidentes Pascual Sala y Francisco Pérez de los Cobos.
Los querellantes consideraban que los hechos son constitutivos de un delito de retardo malicioso en la Administración de Justicia o bien, de un delito de negativa a juzga, según HazteOir.org.
La Sala de lo Penal destaca que su jurisprudencia ha precisado que el simple retraso no revela, por sí mismo, un ánimo malicioso, sino que se requiere que se persiga una finalidad ilegítima, es decir, que el tipo penal exige la identificación de la finalidad perseguida con el retraso, y su calificación como ilegítima.
Y para el Supremo, en el caso concreto denunciado "nada indica que la actuación de los querellados en el asunto estuviera presidida, individual o colectivamente, por algún tipo de interés personal, o de cualquier otra clase, concretado en provocar un retraso en la resolución con el objetivo de alcanzar una finalidad a la que pudiera aplicarse aquel calificativo".
El auto expone que "aunque en ocasiones las circunstancias concurrentes, así como la complejidad de algunos asuntos, pueden explicar situaciones excepcionales, la celeridad en la resolución es un objetivo deseable, en el ámbito del funcionamiento de los Tribunales".
Sin embargo, aquí "no se desprenden indicios de que los querellados se hayan negado definitivamente a resolver en la forma descrita en el precepto” y, además, "tal y como se ha expresado, el mero retraso no basta para acreditar que su objetivo sea obtener una finalidad ilegítima, por lo que, por sí mismo, no es suficiente para integrar la conducta típica”.
Cuando Abogados Cristianos presentó la querella, su presidenta, Polonia Castellanos, recordó que hacía más de diez años "el TC dijo que iba a dar especial urgencia a la resolución de este recurso".
"Esta especial urgencia que no se ha dado ha supuesto la muerte de miles de niños y de muchísimas mujeres", aseguró Castellanos, que añadió que Ollero era el responsable de este retardo malicioso.
Se da la circunstancia de que Ollero fue diputado del PP y antes de llegar al Constitucional se había manifestado defensor del derecho a la vida y crítico con la legislación española sobre el aborto.
Ollero abandona ya el tribunal con la renovación de los cuatro magistrados que toman posesión mañana, por lo que su ponencia del aborto recaerá en uno de los nuevos magistrados. Su futura tramitación ya estará en manos del nuevo presidente.
España
El TS no ve delito en el retraso del Constitucional sobre la Ley del Aborto
Por el retraso en resolver el recurso presentado hace diez años contra la ley del aborto, ya que considera que no hay delito en esa demora
TE RECOMENDAMOS
ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN
Lo más leído
Lo último
Boletín diario gratuito
- El TS no ve delito en el retraso del Constitucional sobre la Ley del Aborto · España · Viva Mijas
-
-
Seccionesexpand_more
-
- Hemeroteca
- Quiénes somos
- Contacto
- Publicidad
- Aviso Legal
- Cookies
- Seguridad
- Protección de datos