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Lunes 18/11/2024
 
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España

Fijan para el día 23 de enero el juicio contra la concejal de IU Josefa Medrano por el caso Agustín de Foxá

La Fiscalía pide siete años de inhabilitación

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 El Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla juzgará el próximo día 23 de enero a la concejal de IU en el Ayuntamiento hispalense Josefa Medrano (IU), para quien la Fiscalía pide siete años de inhabilitación por un presunto delito de prevaricación después de que impidiera, siendo concejal de Participación Ciudadana en el anterior gobierno municipal, la celebración de un homenaje en octubre de 2009 al escritor Agustín de Foxá en el centro cívico Tejar del Mellizo.

De este modo, fuentes del caso han informado a Europa Press de que el Juzgado de lo Penal número 8 ha fijado para el próximo día 23 de enero, a partir de las 12,00 horas, el juicio contra Medrano. Según el Ministerio Público, la concejal de IU acordó denegar el espacio solicitado por las asociaciones Fernando III y Ademán "de forma arbitraria, sin motivar, teniendo conocimiento de la legalidad de la autorización ya concedida --dada previamente por la directora del centro cívico--, y dada la ideología ligada a la Falange y al franquismo del escritor".

En la vista oral, la asociación cultural Fernando III, representada por el letrado Ángel Bordas, solicitará para Medrano la inhabilitación especial para empleo o cargo público por ocho años por un delito de prevaricación; dos años de cárcel, multa de 24 meses e inhabilitación por tres años por el delito contra el ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas, así como el pago de una indemnización de 3.000 euros por los daños morales ocasionados a la asociación.

Por su parte, el abogado de la asociación Ademán, José Manuel Sánchez del Águila, solicitará para la concejal la inhabilitación por siete años por un delito de prevaricación, así como 20 meses de prisión, 18 meses de multa a razón de 50 euros diarios e inhabilitación durante dos años por el delito contra el ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas, además de una indemnización de 300 euros por los perjuicios sufridos.

LOS HECHOS, SEGÚN LA FISCALÍA

En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, la Fiscalía relata que la asociación cultural Fernando III solicitó por escrito el día 14 de septiembre de 2009 una sala en el Tejar del Mellizo para un homenaje a Foxá a desarrollar el 6 de octubre, una solicitud que fue autorizada el 23 de septiembre por la directora del centro cívico, Cristina Paloma Torrego, al entender que "la entidad solicitante era una asociación cultural y debidamente inscrita".

No obstante lo cual, la concejal imputada "acordó, de forma arbitraria, sin motivar y teniendo conocimiento de la legalidad de la autorización ya concedida", denegar el espacio solicitado, "dando instrucciones" al jefe de Servicio de Participación Ciudadana "para que comunicara" a Cristina Paloma Torrego la denegación, "y para que ésta a su vez se lo comunicara a la asociación Fernando III, manifestándole que cualquier reclamación al respecto debería hacerse a través de la Delegación Provincial de Participación Ciudadana".

Al hilo de ello, asevera el fiscal que, "siguiendo las instrucciones de la inculpada", el 6 de octubre se denegó el uso de la sala, "que se encontraba a las 20,00 horas del referido día cerrada y vacía", por lo que los organizadores "decidieron celebrar el homenaje en el patio", añadiendo que este acto "tenía carácter literario, como constaba en los escritos de invitación al acto, e intervinieron los escritores Aquilino Duque y Antonio Rivero Taravillo". "El acto fue consentido por los encargados municipales presentes en el centro cívico, desarrollándose sin incidencia alguna", concluye la Fiscalía.

FIANZA DE 22.000 EUROS

Medrano fue procesada por la juez de Instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, quien en el auto de apertura juicio oral dictado en noviembre de 2010 imputó a la concejal por un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas y un delito de prevaricación, al tiempo que acordó, como medida cautelar, que abonara una fianza de 22.000 euros. Tras ello, el Consejo Local de IU de Sevilla consiguió reunir la fianza a través de la cuenta bancaria de solidaridad que abrió a tal efecto.

Posteriormente, concretamente el día 1 de marzo de 2011, la Audiencia Provincial confirmó el procesamiento de la concejal de IU al considerar que "existen indicios racionales suficientes que apuntan a la posible comisión por parte de la apelante de los hechos que se le imputan, que podrían considerarse constitutivos de delito", rechazando de este modo el recurso que interpuso la propia Medrano, que había solicitado el archivo de las actuaciones al entender que su actuación no era constitutiva de delito alguno.

La Audiencia argumentó en su auto que el recurso "no debe prosperar" y subrayó que, de lo actuado, "resulta indiciariamente que la imputada dio orden expresa de revocar la autorización ya concedida de una sala en el centro cívico para la celebración de un acto de homenaje de carácter literario a Foxá". "Indiciariamente, aparece que tal decisión habría obedecido a motivos políticos", apostilló.

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