El tiempo en: Mijas
Miércoles 27/11/2024
 
Publicidad Ai

España

El TSJC lleva al juzgado a Joana Ortega

El tribunal ve "incompatibilidad" en su trabajo como asesora de la Conselleria de Empresa

Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Joana Ortega. -

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha llevado a los juzgados a la exconsellera del Govern Joana Ortega al considerar que presuntamente ha incumplido su pena de nueve meses de inhabilitación por impulsar el 9N al fichar como asesora de la Conselleria de Empresa y Conocimiento de la Generalitat el 17 de mayo.

Según ha informado el TSJC este martes, el tribunal ha acordado librar testimonio al Decanato de Barcelona para su reparto entre los Juzgados de Instrucción del partido judicial de que Ortega ha podido incumplir la pena de inhabilitación, que finalizaba el 19 de octubre de 2019, al constatar la "incompatibilidad" del cargo con la condena.

Ortega fichó en mayo para asesorar a la titular del departamento, Àngels Chacón, en proyectos transversales en materia de fomento de la economía productiva, y también para preparar la documentación que la Conselleria tramita al Consejo Técnico sobre este tipo de proyectos y elaborará informes sobre los resultados de su aplicación.

Por la asesoría en la Conselleria Empresa percibió un importe bruto de 32.110,84 euros entre mayo y octubre de 2019, según recoge el auto del TSJC.

Al conocer estas informaciones laborales que podían "colisionar" con la pena impuesta, el TSJC pidió opinión a la Fiscalía, que solicitó que no se diera por cumplida la pena y se hiciera la deducción de particulares por un presunto delito de quebrantamiento de condena.

Por su parte, la defensa de Ortega defendió dar por cumplida la pena alegando que dichas actividades no estaban prohibidas en la pena de inhabilitación especial impuesta.

SIN CONTROL DE MÉRITOS

El tribunal considera que este puesto de trabajo como asesora del Govern presenta "todas las trazas requeridas para ser tenida como actividad o cargo análogo al desempeño de funciones de gobierno autonómico", impedidas por la pena de inhabilitación.

Entre otros motivos, cita que es un cargo que participa en lo público, se retribuye --"y generosamente"-- con dinero público, el nombramiento es discrecional, escapa de todo control sobre mérito y capacidad, y además el gobierno autonómico al que asesora Ortega, según dice textualmente el tribunal, es el mismo aprovechado para cometer el delito por el que fue condenada.

En el caso de la exconsellera Irene Rigau, condenada a seis meses de inhabilitación por su papel en el 9N, el tribunal da por cumplida la pena al no constar que haya "desempeñado cargo o empleo alguno ni haber recibido retribuciones públicas durante el período informado".

Por su parte, el expresidente de la Generalitat Artur Mas, condenado a una inhabilitación de un año y un mes para ejercer cargos públicos en el ámbito local, autonómico estatal y a ejercer funciones de gobierno en el ámbito autonómico o estatal, estará inhabilitado hasta finales de febrero de 2020.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN