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Miércoles 27/11/2024
 
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Huelva

Desestiman el recurso de Rafael Bretón para querellarse contra la abogada de Ruth Ortiz

El juez considera que "no cabe sino mantener que las afirmaciones de la letrada relativas a la fase de instrucción fueron genéricas y sin imputación delictiva alguna", en relación a las declaraciones de la abogada sobre el hermano de Bretón durante el juicio

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha desestimado el recurso de súplica de Rafael Bretón contra el auto de la sala que le denegó licencia para interponer querella criminal por calumnias contra la letrada de Ruth Ortiz durante el juicio contra su hermano José.

Rafael Bretón discrepaba de los argumentos del magistrado Pedro Vela en su auto de 15 de julio, consideraba la negativa "contraria a derecho y lesiva a sus intereses" y mostraba su "sorpresa" por el análisis y el enfoque que daba el magistrado a las manifestaciones de la letrada, María del Reposo Carrero, cuando "sólo debería dar o no licencia para determinar si constituyen o no base para ese delito".

En este nuevo auto desestimando el recurso de súplica, al que ha tenido acceso Efe, Vela indica que las consideraciones sobre el alcance de las manifestaciones de la letrada en las que entró en su primer auto son "la esencia de la licencia que preconizan tanto el Código Penal como la Ley de Enjuiciamiento Criminal", pues "si el tribunal que conoce del procedimiento en el que se vierten las expresiones controvertidas no pudiera hacer esa valoración, sería completamente ociosa la previsión legal sobre el otorgamiento de la licencia".

Por otra parte, expone que aunque en el recurso de Rafael Bretón se plantean una serie de argumentos subjetivos sobre las manifestaciones de Carrero que éste considera "extralimitaciones de la libertad de expresión en el ejercicio de su derecho de defensa", éstas "no desvirtúan los razonamientos contenidos en el auto recurrido".

Por ello considera que "no cabe sino mantener que las afirmaciones de la letrada relativas a la fase de instrucción fueron genéricas y sin imputación delictiva alguna".

Respecto a la recurribilidad de este nuevo auto, explica que nada expresan los preceptos legales, entendiendo gran parte de la doctrina que, dado que el otorgamiento de la licencia es discrecional, no cabe recurso alguno contra la decisión del tribunal que ha conocido la causa.

Este auto es apelable ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

La petición para interponer la querella criminal se efectuó por parte de Rafael Bretón después de la sesión del 17 de junio por las manifestaciones realizadas por la letrada que representa a Ruth Ortiz, exesposa de José Bretón y madre de sus dos hijos, de 2 y 6 años, durante las alegaciones previas al jurado en las que dio a entender que la familia paterna no declararía porque "ya habían mentido y lo harían otra vez".

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