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Miércoles 27/11/2024
 
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Huelva

La Audiencia absuelve al exgerente de Giahsa condenado por un incendio en el vertedero de Tharsis

Fue condenado por el juzgado de lo Penal número 1 de Huelva a un mes y medio de prisión

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La Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto al exgerente de la empresa pública Giahsa, que fue condenado por el juzgado de lo Penal número 1 de Huelva a un mes y medio de prisión, así como al pago de 1.600 euros, por un delito de incendio forestal por imprudencia grave tras el incendio que tuvo lugar en el verano de 2004 y que afectó a dos hectáreas en el vertedero de la Mancomunidad del Andévalo, ubicado en Tharsis, y en una finca cercana.

   Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia considera que "existen dudas más que razonables de que el acusado con su actuación fuese el responsable del incendio forestal por imprudencia grave, ya que había designado personal encargado del vertedero".

   También reseña que en esas fechas la intención de la titular del vertedero era clausurarlo al estar construyéndose otro cercano conforme a la nueva normativa, de hecho este vertedero se clausuró hace tiempo, lo que puede explicar su falta de acondicionamiento a la nueva normativa durante el periodo transitorio hasta la entrada en funcionamiento del nuevo vertedero.

   En este punto, indica que en un informe emitido en 2005 consta que la titularidad del vertedero pertenece a la Mancomunidad de Residuos del Andévalo y que la prestación de servicios de gestión del vertedero la realizaba otra empresa, desarrollando ésta la gestión de este centro y las condiciones higiénico sanitarias y ambientales del vertedero.

   La Audiencia también expone que, según el contrato suscrito entre Giahsa y esta empresa, correspondía a esta compañía la realización de actuaciones tendentes a la prevención de incendios en el vertedero.

   A su vez, señala que no consta que Giahsa se hiciera cargo de la gestión del vertedero antes de la fecha límite para el plan de acondicionamiento fijada en la legislación de julio de 2002.

   Por último, precisa que, teniendo en cuenta todo lo expuesto, es decir que había designado personal y la división de las labores de Giahsa y la otra empresa para el tratamiento de las basuras y de la gestión ambiental, lo que engloba la prevención de incendios, y que contaba con valla perimetral, balsas de agua y vigilancia continuada, acuerda la absolución de esta persona.

   De igual forma, considera probado que el vertedero funcionaba anteriormente a la entrada en vigor de la normativa actualmente vigente, sin que deje de ser significativo que funcionaba desde hacía 20 años y no habían ocurrido siniestros como el que aconteció.

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