El Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de la resolución de 23 de enero del 2015 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de autorización de reinicio de los trabajos y del plan de restauración en la mina de Riotinto (Huelva), promovida entonces por Emed Tartessus, actualmente Atalaya Riotinto Minera.
En una providencia a la que ha tenido acceso Efe, el Supremo inadmite el recurso presentado por Atalaya contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que estimaba la demanda de Ecologistas en Acción y era consecuencia directa de la que dictó el Tribunal Supremo el pasado 21 de marzo del 2019, que confirmó la anulación de la autorización ambiental unificada de 27 de marzo del 2014 del proyecto de explotación por defectos en su tramitación.
Concretamente, la anulación se justificaba en la Ley de Gestión de la Calidad Ambiental (Ley GICA) dispone que "las actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental no podrán ser objeto de Licencia Municipal de funcionamiento de la actividad, autorización sustantiva o ejecución sin la previa resolución del correspondiente procedimiento regulado en esta Ley".
La provincia del Supremo inadmite a trámite el recurso de la empresa por "falta de fundamentación suficiente" para abordar la cuestión que subyace en la ratio decidendi de la sentencia recurrida: la exigencia de una autorización ambiental válida, previa a un acto de autorización de reinicio de trabajos que precisan de dicha autorización.
El alto tribunal impone el pago de las costas procesales a Atalaya, cuyo límite cuantitativo máximo, por todos los conceptos, si procede, se fija en 1.000 euros a favor de cada una de las partes recurridas y personadas -la Junta de Andalucía y Ecologistas en Acción-.
Desde Ecologistas en Acción se han congratulado de la decisión del TS que da firmeza a dicha anulación y han recordado que durante toda la tramitación y desde su puesta en marcha en el 2015, siempre ha puesto en duda que el Proyecto Riotinto pueda garantizar la seguridad de sus grandes presas de lodos durante los diez años de vida útil permitidos por la anulada autorización.
Las primeras presas de Gossan-Cobre fueron construidas en los años 1969-1972, una vez que se colmató la presa de Gossan se diseñó en 1987 la presa de Aguzadera, que a su vez se modificó en 1995; todas ellas quedaron abandonadas en 2001.
Desde 2015 se están reutilizando las balsas por Atalaya Riotinto Minera, para almacenar los nuevos residuos mineros de la producción minera reiniciada; en noviembre de 2018 el Gobierno de Susana Díaz autorizó una modificación de la autorización ambiental para disminuir el contenido en sólidos de los lodos, desde el 50 % hasta el 35 %, legalizando una práctica que ya estaba realizando la empresa sin permiso, y poniendo en serio peligro la estabilidad de las balsas.
Huelva
El Tribunal Supremo deja sin permiso de reinicio a la mina de Riotinto
El recurso de Atalaya Riotinto Minera se inadmite a trámite por "falta de fundamentación suficiente"
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