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Martes 05/11/2024
 

Huelva

El Supremo desestima el recurso de las temporeras marroquíes que denunciaron abusos

La denuncia alude a una finca de Almonte durante la campaña agrícola en 2018 y es la segunda desestimación, tras la de la Audiencia Nacional

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  • Temporeras que denunciaron. -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación presentado por la representación legal de diez temporeras marroquíes contra el auto de la Audiencia Nacional que desestimó a su vez su recurso de apelación por "falta de competencia" para abordar esa cuestión. Este colectivo de temporeras denunció supuestos abusos en una finca de Almonte (Huelva) durante la campaña agrícola en 2018.

Así, los recursos se presentan tras el archivo provisional por un juzgado de La Palma del Condado de la causa por supuestos abusos y acoso sexual contra los tres socios de una finca de Almonte durante la campaña agrícola en 2018.

De este modo, según recoge la resolución judicial del Supremo, consultada por Europa Press, se desestima el recurso al no dar lugar ninguno de los argumentos alegados, toda vez que se insiste en se trata de un "problema de legalidad ordinaria, no una infracción constitucional".

"El tribunal ha aplicado la regla de competencia territorial que ha estimado procedente en función de los hechos denunciados y su criterio es acertado, por lo que no ha habido lesión alguna del derecho invocado", prosigue el Supremo.

Por su parte, las temporeras, representadas por la organización sindical Ausaj, denunciaron trata de seres humanos en concurso con delitos de lesa humanidad.

Las denunciantes fueron acogidas por el SAT que se personó en la finca, que criticó "la actuación tanto de la Guardia Civil como de los Juzgados de Instrucción de la provincia de Huelva".

Hay que recordar que las denuncias presentadas dieron lugar a la incoación de dos procedimientos distintos en los juzgados de La Palma del Condado, uno por delito contra la libertad sexual y otro por delito contra los derechos de los trabajadores.

Así, las recurrentes dieron traslado mediante recurso a la Audiencia Nacional, que indicó que "no es competente para conocer los hechos denunciados", de manera que no se admitió el recurso, así como también ha sido desestimado el elevado al Tribunal Supremo.

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