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Sevilla

Absuelto de abusar sexualmente con el "juego del fantasma" de una menor de su familia

El tribunal señala que "no consta acreditado que en el curso del juego, mientras perseguía a los menores cubierto con una manta", manoseara a la niña de 12 años

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  • Fachada de la Audiencia de Sevilla. -

La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un varón de un presunto delito continuado de abuso sexual que se le achacaba, respecto a una menor de edad sobrina de la esposa de su hijo.

En una sentencia emitida el pasado 10 de mayo y recogida por Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla declara probado que el acusado, identificado como G.E.G., sin antecedentes penales, "en fechas no debidamente concretadas, pero en todo caso en Nochebuena y con ocasión de reuniones familiares en periodos estivales de los años 2013 a 2017, ha jugado al 'juego del fantasma' con una niña de entre ocho y 12 años de edad a la fecha de los hechos, que era sobrina de la esposa de su hijo y algún que otro menor de su familia, en alguna dependencia de las casas donde se celebraban las reuniones indicadas" en Gines, Tomares, Umbrete, Marbella o Matalascañas.

En ese sentido, el tribunal señala que "no consta acreditado que en el curso del juego, mientras perseguía a los menores cubierto con una manta, haya atrapado en alguna ocasión a la menor y con ánimo lúbrico le haya manoseado reiteradamente las piernas y puesto la mano los genitales por encima de la ropa".

Y es que según el tribunal, "no existen elementos objetivos que corroboren la declaración de la víctima", quien "se muestra dubitativa en ocasiones, inconcreta, refiere visitas puntuales pero sorprende que cuando ocurren los hechos nunca está a solas con el acusado, sino que siempre estaba el primo", detalla el tribunal, exponiendo que este último extremo "no es lógico" y que en tales circunstancias, "el testimonio de la menor no puede ser suficiente" para superar el principio de presunción de inocencia.

"Ciertamente, no hay móvil económico o de enemistad para la invención por la menor y el acusado niega ánimo libidinoso; ahora bien, la declaración de la menor crea duda por el tiempo que tarda en verbalizar los hechos y en modo genérico de pronunciarse con algunas lagunas", señala la Sección Sexta, exponiendo que resulta "determinante" el informe de una especialista, según la cual la menor sufre "ansiedad y depresión" que pueden "tener relación con los hechos" supuestos, "pero también con otras vivencias", sin que en este caso haya resultados "concluyentes".

Por eso, el tribunal declara la libre absolución de G.E.G. del presunto delito continuado de abuso sexual que se le achacaba, declarando de oficio las costas.

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