Pérez Moya confesó a Efe estar “preocupado” por la sentencia del juez de lo Penal número dos de Sabadell, porque, a su juicio, hay una línea de la judicatura que aplica la ley “literalmente” y que no hace un esfuerzo por entender “la voluntad del legislador”, respecto a la nueva normativa aprobada a finales de 2008.
El magistrado consideró en el juicio que, a pesar de que la conducción en dirección contraria de Marc N.M. supuso un peligro para la circulación, la conducta devino impune porque no se produjo con los requisitos del artículo 379 del Código Penal.